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Tribunal Arica y Parinacota
INMOBILIARIA DE VIVAR LTDA. con SERVICIO DE IMPUESTOS INTERNOS DIRECCION REGIONAL ARICA
Fecha: 08-08-2023 · Materia: Modificación individual de avalúo bien raíz no agrícola · Juez: Jorge Pohlhammer Doren
ACOGE Ha Lugar
Se tiene por notificada la sentencia definitiva mediante publicación en sitio web del tribunal, por incumplimiento de la parte reclamante en señalar domicilio dentro de la jurisdicción.
Inmobiliaria de Vivar Ltda. interpuso reclamo en procedimiento especial sobre avalúo de bien raíz no agrícola. La parte reclamante omitió señalar domicilio dentro del territorio jurisdiccional del Tribunal Tributario y Aduanero de Arica. Mediante resolución de 6 de enero de 2023 se apercibi ó al reclamante para cumplir esta obligación legal. Posteriormente, el 19 de febrero de 2023 se ordenó notificar la resolución que recibió la causa a prueba por publicación en sitio de internet. A la fecha de la sentencia, la parte no ha cumplido con señalar domicilio dentro del territorio.
El Tribunal consideró que conforme al artículo 131 bis, inciso 4° del Código Tributario, toda parte debe señalar domicilio dentro del territorio jurisdiccional. Al no cumplirse esta obligación después de un apercibimiento legal, procede la notificación de las resoluciones del proceso mediante publicación en el sitio de internet del tribunal, conforme al inciso primero del artículo 131 bis del Código Tributario.
Se tiene por notificada la sentencia definitiva mediante su publicación en sitio de internet del tribunal. Se ordena notificar a las partes por publicación en www.tta.cl conforme al artículo 131 bis del Código Tributario.
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Cada fallo del TTA termina con una decisión. El tribunal puede acoger el reclamo del contribuyente (darle la razón), rechazarlo (darle la razón al SII) o acogerlo parcialmente (una decisión mixta).
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