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Tribunal de la Araucanía
Asesorías Financieras y Contables Santa Teresa SpA con SERVICIO DE IMPUESTOS INTERNOS DIRECCION REGIONAL TEMUCO
Fecha: 06-12-2023 · Materia: Liquidación
RECHAZA Confirmatorio No Ha Lugar
Se rechaza la nulidad de Liquidación N° 98 de Impuesto de Primera Categoría 2019 por $27.909.424, pues se acreditó la válida notificación de la Citación N° 53 conforme a los artículos 11 y 12 del Código Tributario.
Asesorías Financieras y Contables Santa Teresa SpA reclamó contra Liquidación N° 98 emitida el 13 de julio de 2022 por diferencias de Impuesto de Primera Categoría año 2019. La contribuyente alegó nulidad por falta de notificación válida de la Citación N° 53 que antecedía la liquidación. El SII contrastó que ambos actos fueron notificados por cédula en domicilio registrado. En juicio se probó que la Citación N° 53 fue entregada al conserje del edificio Marcelo Yáñez Jerez el 28 de abril de 2022.
El tribunal estableció que los Tribunales Tributarios pueden declarar nulidad de actos administrativos si median vicios de procedimiento en requisitos esenciales que causen perjuicio (Ley N° 20.322). El artículo 12 del Código Tributario exige que notificaciones por cédula contengan copia íntegra de la resolución, entregada a persona adulta en domicilio. Se acreditó que funcionarios del SII cumplieron formalidades legales entregando la Citación al conserje autorizado. La contribuyente no demostró hechos sobrevinientes que impidieran conocimiento de la diligencia. Además, presentó reclamo oportu
Se rechaza la nulidad de Liquidación N° 98 por falta de notificación de Citación N° 53. Se constata cumplimiento de formalidades de artículos 11 y 12 del Código Tributario. No se condena en costas a la reclamante por tener motivo plausible para litigar.
Artículos citados:
IA con citas verificables · 11.247 fallos del Tribunal Tributario y Aduanero · 6.567 oficios, circulares y resoluciones del SII
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Cada fallo del TTA termina con una decisión. El tribunal puede acoger el reclamo del contribuyente (darle la razón), rechazarlo (darle la razón al SII) o acogerlo parcialmente (una decisión mixta).
En el semáforo de cada tribunal o juez usamos esos resultados como una pista de tendencia:
El porcentaje de fallos acogidos es una foto general, útil para comparar tribunales o jueces entre sí. Pero es una aproximación: no refleja si el caso siguió a apelación o casación, si la sentencia quedó firme, si hubo nulidad posterior, ni el peso económico del asunto (un fallo por $1 millón y uno por $1.000 millones pesan igual en el conteo).
Úsala como orientación relativa, no como predictor de tu caso específico.
Para saber qué juez pronunció cada sentencia, leemos automáticamente la firma del PDF (las frases "Pronunciada por…" o "firmado electrónicamente por…"). Esto significa que la suma de fallos que ves por juez puede ser menor que el total del tribunal: no es un error de cálculo, es que algunos fallos aún no pasan por el lector automático.
Funnel transparente: cargando…
Dos motivos principales:
Las cifras por juez son correctas para lo extraído, no completas respecto al universo total del tribunal. Si detectas un juez faltante o mal asignado, escríbenos a hola@normaviva.cl.
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