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Tribunal del Biobio
SIELFELD GUNDLACH con SERVICIO DE IMPUESTOS INTERNOS VIII DR CONCEPCION
Fecha: 17-01-2024 · Materia: Modificación individual de avalúo bien raíz no agrícola; Resolución · Juez: Anselmo Iván Cifuentes Ormeño
ACOGE Ha Lugar
Reclamo tributario contra modificación individual de avalúo de bien raíz no agrícola por reavalúo que detectó construcciones omitidas, cuestionando retroactividad y falta de fundamentación.
Juan Ernest Sielfeld Gundlach reclama contra Resolución Ex. SII N° A08.2019.00029116 de 13 de septiembre de 2019 y giros suplementarios por impuesto territorial de los años 2018, 2019, 2020 y 2021. El inmueble rol 2000-07 de Talcahuano cuenta con 6.340 m² de terreno y construcciones de más de 30 años. El SII efectuó reavalúo y detectó construcciones no registradas en ficha catastral (6 nuevas líneas de construcciones), generando diferencias de impuesto territorial. Las construcciones más reciente datan de 2009 y 1987 según el SII.
La controversia centra en tres aspectos: (1) Falta de fundamentación: reclamante alega que la Resolución no especifica qué bienes fueron omitidos ni errores de clasificación, vulnerando artículos 3, 11 y 41 de Ley 19.880. (2) Retroactividad y buena fe: reclamante sostiene que conforme artículo 13 inciso 2° Ley 17.235, la retroactividad solo procede respecto de contribuyentes en mala fe; él se encuentra de buena fe al haber informado construcciones y pagado impuestos determinados por el SII. (3) Causal legal: reclamante cuestiona que no se ha acreditado causal de modificación conforme artículos
El tribunal emite sentencia resolviendo sobre el reclamo de Sielfeld Gundlach contra la Resolución Ex. SII A08.2019.00029116 y los giros suplementarios de 2018-2021, analizando la procedencia de la modificación individual de avalúo, la retroactividad, la buena fe y la fundamentación del acto administrativo.
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Cada fallo del TTA termina con una decisión. El tribunal puede acoger el reclamo del contribuyente (darle la razón), rechazarlo (darle la razón al SII) o acogerlo parcialmente (una decisión mixta).
En el semáforo de cada tribunal o juez usamos esos resultados como una pista de tendencia:
El porcentaje de fallos acogidos es una foto general, útil para comparar tribunales o jueces entre sí. Pero es una aproximación: no refleja si el caso siguió a apelación o casación, si la sentencia quedó firme, si hubo nulidad posterior, ni el peso económico del asunto (un fallo por $1 millón y uno por $1.000 millones pesan igual en el conteo).
Úsala como orientación relativa, no como predictor de tu caso específico.
Para saber qué juez pronunció cada sentencia, leemos automáticamente la firma del PDF (las frases "Pronunciada por…" o "firmado electrónicamente por…"). Esto significa que la suma de fallos que ves por juez puede ser menor que el total del tribunal: no es un error de cálculo, es que algunos fallos aún no pasan por el lector automático.
📊 Funnel transparente: cargando…
Dos motivos principales:
Las cifras por juez son correctas para lo extraído, no completas respecto al universo total del tribunal. Si detectas un juez faltante o mal asignado, escríbenos a hola@normaviva.cl.
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