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Tribunal R. Metropolitana. Cuarto
PRIDA RUZ con SERVICIO DE IMPUESTOS INTERNOS DIRECCION REGIONAL STGO NORTE
Fecha: 12-03-2024 · Materia: Modificación individual de avalúo bien raíz no agrícola · Juez: María Francisca Villamán Rodríguez
ACOGE Ha Lugar
Se acoge reclamo contra modificación individual de avalúo de bien raíz por error inexcusable del SII que confundió roles de propiedades adyacentes.
María Soledad Prida Ruz es propietaria del rol de avalúo 1277-3 ubicado en Santa Julia, comuna de Colina. El SII emitió Resolución Ex.SII N°A19.2023.00019165 el 21 de septiembre de 2023 modificando el avalúo de $101.783.727 a $403.296.354, generando cobro suplementario de $1.738.654 semestral. La reclamante radicada en Estados Unidos recibió comunicación por correo electrónico que no revisó. Mediante fotografía satelital y análisis comparativo de deslindes, se acreditó que el SII confundió el rol 1277-3 (de la reclamante) con el rol 1277-4 (propiedad de tercero), considerando construcciones de
El tribunal consideró que la reclamada se allanó totalmente a las pretensiones de la reclamante, reconociendo que la tasación fue defectuosa al considerar el predio vecino rol 1277-4 en lugar del 1277-3, clasificando erróneamente como eriazo cuando debió ser habitacional. De conformidad con el artículo 132 inciso primero del Código Tributario, cuando la reclamada acepta llanamente la pretensión contraria, el tribunal cita a oír sentencia sin más trámite. El allanamiento fue válido conforme a las facultades del apoderado del SII. Procedía acoger el reclamo por los errores inexcusables del Servi
Se acoge el reclamo dejando sin efecto la Resolución Ex.SII N°A19.2023.00019165 de 21 de septiembre de 2023. El Director Regional del SII dispondrá el cumplimiento administrativo de lo resuelto. Cada parte paga sus propias costas.
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Cada fallo del TTA termina con una decisión. El tribunal puede acoger el reclamo del contribuyente (darle la razón), rechazarlo (darle la razón al SII) o acogerlo parcialmente (una decisión mixta).
En el semáforo de cada tribunal o juez usamos esos resultados como una pista de tendencia:
El porcentaje de fallos acogidos es una foto general, útil para comparar tribunales o jueces entre sí. Pero es una aproximación: no refleja si el caso siguió a apelación o casación, si la sentencia quedó firme, si hubo nulidad posterior, ni el peso económico del asunto (un fallo por $1 millón y uno por $1.000 millones pesan igual en el conteo).
Úsala como orientación relativa, no como predictor de tu caso específico.
Para saber qué juez pronunció cada sentencia, leemos automáticamente la firma del PDF (las frases "Pronunciada por…" o "firmado electrónicamente por…"). Esto significa que la suma de fallos que ves por juez puede ser menor que el total del tribunal: no es un error de cálculo, es que algunos fallos aún no pasan por el lector automático.
📊 Funnel transparente: cargando…
Dos motivos principales:
Las cifras por juez son correctas para lo extraído, no completas respecto al universo total del tribunal. Si detectas un juez faltante o mal asignado, escríbenos a hola@normaviva.cl.
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