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Tribunal R. Metropolitana. Primero
INVERSIONES AGUA SANTA S.A. con XII DRM SANTIAGO CENTRO SII
Fecha: 24-06-2024 · Materia: Tasación general bien raíz no agrícola · Juez: Luis Alfonso Pérez Manríquez
RECHAZA No Ha Lugar
Tribunal rechaza reclamo de contribuyente contra reavalúo fiscal 2018 de propiedad no agrícola en Santiago, por no acreditar error en aplicación de tablas de clasificación conforme artículo 149 CT.
Inversiones Agua Santa S.A. reclamó el reavalúo 2018 del bien raíz Rol N° 142-124 ubicado en calle Huérfanos 1721, depto 3B, Santiago. El SII fijó avalúo de $128.291.972, representando alza de 19% respecto semestre II 2017. El contribuyente alegó error en la tasación del terreno al aplicarse valor de $234.545/m² para área homogénea XMM017, sin considerar características particulares del inmueble que lo harían incomparable con otras propiedades en la misma área. Solicitó aplicación de coeficiente de ajuste de 0,8.
El artículo 149 CT establece causales taxativas para reclamar avalúos, siendo únicamente admisible la alegación de error en aplicación de tablas de clasificación respecto del bien gravado. La reclamación que se funde en causal diferente será desechada de plano. Para inmuebles no agrícolas, la calidad de las construcciones se determina según clase, especificaciones técnicas, costos de edificación, edad, destino e importancia de la ubicación. El valor fiscal no representa necesariamente el valor comercial. La sectorización en áreas homogéneas es procedimiento técnico normado por la Ley N° 17.235
Se rechaza el reclamo tributario interpuesto por Inversiones Agua Santa S.A. contra el reavalúo 2018 del Servicio de Impuestos Internos para el bien raíz Rol N° 142-124.
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Cada fallo del TTA termina con una decisión. El tribunal puede acoger el reclamo del contribuyente (darle la razón), rechazarlo (darle la razón al SII) o acogerlo parcialmente (una decisión mixta).
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El porcentaje de fallos acogidos es una foto general, útil para comparar tribunales o jueces entre sí. Pero es una aproximación: no refleja si el caso siguió a apelación o casación, si la sentencia quedó firme, si hubo nulidad posterior, ni el peso económico del asunto (un fallo por $1 millón y uno por $1.000 millones pesan igual en el conteo).
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