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Tribunal Antofagasta
Club de Deportes Antofagasta S.A.D.P. con SERVICIO DE IMPUESTOS INTERNOS DIRECCION REGIONAL ANTOFAGASTA
Fecha: 14-08-2024 · Materia: Artículo 8 bis CT
RECHAZA No Ha Lugar
Se rechaza reclamo por vulneración de derechos del artículo 8 bis CT interpuesto por Club de Deportes Antofagasta contra citación de fiscalización por pérdidas de arrastre de años 2021 y 2022.
Club de Deportes Antofagasta S.A.D.P. fue fiscalizado respecto del AT 2017, emitiéndose Liquidación N°265 el 28 de agosto de 2020. Posteriormente, el 20 de febrero de 2023 y 23 de enero de 2024 recibió notificaciones requeriendo antecedentes sobre pérdida tributaria. Con fecha 30 de abril de 2024 se practicó Citación N°31-2024 cuestionando la pérdida de arrastre no acreditada fehacientemente en los años tributarios 2021 y 2022. El contribuyente interpuso recurso de resguardo el 14 de mayo de 2024, rechazado por Resolución Exenta N°77324127363 de 20 de mayo de 2024.
El tribunal analiza si existió vulneración de derechos contemplados en N°s 5, 8 y 18 del artículo 8 bis CT. Respecto del N°5, concluye que la Citación N°31-2024 no fiscaliza nuevamente la pérdida tributaria del AT 2017 ya resuelta, sino que verifica si los efectos de esa fiscalización fueron reflejados correctamente en los años 2021 y 2022, siendo esto hechos y partidas distintas. Las pérdidas de arrastre de años posteriores constituyen partidas autónomas no fiscalizadas anteriormente. Regarding N°8, determina que el Servicio no requirió documentos ajenos al procedimiento ni duplicados. Respec
Se rechaza en todas sus partes la reclamación por vulneración de derechos interpuesta por Club de Deportes Antofagasta S.A.D.P. contra la Resolución Exenta N°77324127363 de 20 de mayo de 2024. No se condena en costas por estimar motivo plausible para litigar.
Artículos citados:
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Cada fallo del TTA termina con una decisión. El tribunal puede acoger el reclamo del contribuyente (darle la razón), rechazarlo (darle la razón al SII) o acogerlo parcialmente (una decisión mixta).
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El porcentaje de fallos acogidos es una foto general, útil para comparar tribunales o jueces entre sí. Pero es una aproximación: no refleja si el caso siguió a apelación o casación, si la sentencia quedó firme, si hubo nulidad posterior, ni el peso económico del asunto (un fallo por $1 millón y uno por $1.000 millones pesan igual en el conteo).
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Las cifras por juez son correctas para lo extraído, no completas respecto al universo total del tribunal. Si detectas un juez faltante o mal asignado, escríbenos a hola@normaviva.cl.
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