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Tribunal R. Metropolitana. Cuarto
PRINCIPAL SERVICIOS DE ADMINISTRACIÓN con SERVICIO DE IMPUESTOS INTERNOS XV DR STGO ORIENTE
Fecha: 03-10-2024 · Materia: Resolución · Juez: María Francisca Villamán Rodríguez
RECHAZA No Ha Lugar
Se rechaza reclamo contra resolución que denegó devolución de $12.508.528 por PPUA del AT 2015, al no acreditarse pérdida tributaria ni procedencia del crédito solicitado, por falta de antecedentes de respaldo suficientes.
Principal Servicios de Administración S.A. solicitó devolución de $12.508.528 por PPUA en declaración de renta AT 2015. El SII mediante Notificación N°150101671 requirió antecedentes para verificar la observación F77 sobre revisión del PPUA declarado en código 747. La contribuyente no aportó la documentación requerida en sede administrativa. El SII emitió Resolución Exenta N°279 de 25/02/2016 denegando la devolución por falta de antecedentes que acreditaran la pérdida tributaria y procedencia del crédito.
El tribunal establece que la carga de la prueba corresponde al contribuyente conforme artículo 21 del CT. La reclamante no acreditó: (i) la pérdida contable de $25.803.862 al 31/12/2014, ya que no justificó gastos por asesorías a empresas relacionadas ($23.541.689) ni gastos de almacenamiento ($560.490); (ii) la pérdida tributaria de $62.542.640, pues no acreditó deducciones por corrección monetaria del capital propio ($44.633.707) ni inversión en empresas relacionadas ($14.853.643); (iii) el origen de utilidades acumuladas año 2012 ni el pago del impuesto de Primera Categoría que originaría e
Se rechaza el reclamo y se confirma la Resolución Exenta N°279 que denegó la devolución de $12.508.528 por PPUA. Sin costas por haber tenido la reclamante motivo plausible para litigar.
Artículos citados:
IA con citas verificables · 11.247 fallos del Tribunal Tributario y Aduanero · 6.567 oficios, circulares y resoluciones del SII
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Cada fallo del TTA termina con una decisión. El tribunal puede acoger el reclamo del contribuyente (darle la razón), rechazarlo (darle la razón al SII) o acogerlo parcialmente (una decisión mixta).
En el semáforo de cada tribunal o juez usamos esos resultados como una pista de tendencia:
El porcentaje de fallos acogidos es una foto general, útil para comparar tribunales o jueces entre sí. Pero es una aproximación: no refleja si el caso siguió a apelación o casación, si la sentencia quedó firme, si hubo nulidad posterior, ni el peso económico del asunto (un fallo por $1 millón y uno por $1.000 millones pesan igual en el conteo).
Úsala como orientación relativa, no como predictor de tu caso específico.
Para saber qué juez pronunció cada sentencia, leemos automáticamente la firma del PDF (las frases "Pronunciada por…" o "firmado electrónicamente por…"). Esto significa que la suma de fallos que ves por juez puede ser menor que el total del tribunal: no es un error de cálculo, es que algunos fallos aún no pasan por el lector automático.
Funnel transparente: cargando…
Dos motivos principales:
Las cifras por juez son correctas para lo extraído, no completas respecto al universo total del tribunal. Si detectas un juez faltante o mal asignado, escríbenos a hola@normaviva.cl.
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