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Tribunal L.G.B. Ohiggins
JUNEMANN NÚÑEZ con SERVICIO DE IMPUESTOS INTERNOS DIRECCION REGIONAL RANCAGUA
Fecha: 15-10-2024 · Materia: Giro · Juez: Gonzalo Hernán Trabucco González
ACOGE Ha Lugar
Tribunal acoge reclamo y declara nula emisión de Giro por impuesto a automóvil de lujo, por falta de reglamento que vulnera principio de juridicidad constitucional.
Guillermo Jünemann Núñez, propietario de automóvil Porsche 911 Turbo 991 (matrícula JBDT-73) tasado en $76.044.322, fue girado con impuesto de $1.548.262 mediante Giro Folio N°8744055 emitido el 12 de abril de 2023 conforme al artículo 9 de Ley N°21.420. El contribuyente reclama alegando: (1) falta de reglamento que ordena dicha ley para verificar la afectación de bienes; (2) preclusión de facultad por emitirse fuera de los primeros 5 días hábiles de abril; (3) en subsidio, aplicación de tramo exento.
El Tribunal estima que la ley N°21.420 artículo 9 es clara en establecer que un Reglamento del Ministerio de Hacienda debe determinar la forma de verificar la afectación de los bienes. Sin ese reglamento, no existe la forma jurídicamente establecida para realizar tal afectación, siendo inaceptable que el Servicio actúe en su ausencia vulnerando el principio de juridicidad (artículos 6° y 7° CPR). La autoridad no podía emitir el giro sin cumplir previamente el mandato legal de dictar el reglamento. El Servicio actuó fuera de la ley al pretender implementar la norma tributaria sin el reglamento
Se acoge el reclamo. Se declara nula la emisión del Giro Folio N°8744055 de 12 de abril de 2023, dejándose sin efecto para todos los efectos legales. Se condena en costas al Servicio de Impuestos Internos. Se ordena al Servicio dejar sin efecto los avalúos y contribuciones derivadas.
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Cada fallo del TTA termina con una decisión. El tribunal puede acoger el reclamo del contribuyente (darle la razón), rechazarlo (darle la razón al SII) o acogerlo parcialmente (una decisión mixta).
En el semáforo de cada tribunal o juez usamos esos resultados como una pista de tendencia:
El porcentaje de fallos acogidos es una foto general, útil para comparar tribunales o jueces entre sí. Pero es una aproximación: no refleja si el caso siguió a apelación o casación, si la sentencia quedó firme, si hubo nulidad posterior, ni el peso económico del asunto (un fallo por $1 millón y uno por $1.000 millones pesan igual en el conteo).
Úsala como orientación relativa, no como predictor de tu caso específico.
Para saber qué juez pronunció cada sentencia, leemos automáticamente la firma del PDF (las frases "Pronunciada por…" o "firmado electrónicamente por…"). Esto significa que la suma de fallos que ves por juez puede ser menor que el total del tribunal: no es un error de cálculo, es que algunos fallos aún no pasan por el lector automático.
📊 Funnel transparente: cargando…
Dos motivos principales:
Las cifras por juez son correctas para lo extraído, no completas respecto al universo total del tribunal. Si detectas un juez faltante o mal asignado, escríbenos a hola@normaviva.cl.
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