Selecciona una ley y un artículo para ver su texto vigente.
Tribunal L.G.B. Ohiggins
Autos GJ Limitada con SERVICIO DE IMPUESTOS INTERNOS DIRECCION REGIONAL RANCAGUA
Fecha: 22-10-2024 · Materia: Giro · Juez: Gonzalo Hernán Trabucco González
ACOGE Ha Lugar
Se acoge reclamo contra giro de impuesto a vehículos por falta de reglamento que establezca forma de verificar afectación, declarándose nulidad del acto por infringir principio de juridicidad.
AUTOS GJ LIMITADA, empresa de comercialización y arrendamiento de vehículos, fue girada por $2.997.081 en concepto de impuesto sobre automóvil Aston Martin DB11 (Art. 9 Ley N°21.420), tasado en $147.204.363. El giro fue emitido el 12 de abril de 2023. La empresa reclamó alegando: (1) derecho a exención para bienes destinados a actividades de su giro; (2) falta de reglamento que impide verificar afectación de bienes; (3) preclusión por emisión fuera de plazo; (4) aplicación de tramo exento subsidiariamente.
El tribunal analiza que la Ley N°21.420 requiere reglamento para establecer la forma de verificar afectación de bienes. Sin tal reglamento, la norma legal no es autoejecutable en su aspecto verificativo. El SII actuó sin la base reglamentaria exigida por la ley, infringiendo el principio de juridicidad consagrado en arts. 6° y 7° CPR. Se cita jurisprudencia de la Corte de Apelaciones de Valdivia confirmando que la ausencia del reglamento impide la afectación y constituye exhorbitación de atribuciones del SII. No se analiza si concurre la exención por economía procesal.
Se acoge el reclamo y declara nulidad del Giro Folio N°8735011, dejándolo sin efecto para todos los efectos. Se ordena cumplimiento administrativo por el SII. Sin condena en costas, cada parte corre con las suyas.
Artículos citados:
Selecciona una ley y un artículo para ver su texto vigente.
Busca, analiza y chatea con todos los fallos de los Tribunales Tributarios y Aduaneros de Chile.
Cada fallo del TTA termina con una decisión. El tribunal puede acoger el reclamo del contribuyente (darle la razón), rechazarlo (darle la razón al SII) o acogerlo parcialmente (una decisión mixta).
En el semáforo de cada tribunal o juez usamos esos resultados como una pista de tendencia:
El porcentaje de fallos acogidos es una foto general, útil para comparar tribunales o jueces entre sí. Pero es una aproximación: no refleja si el caso siguió a apelación o casación, si la sentencia quedó firme, si hubo nulidad posterior, ni el peso económico del asunto (un fallo por $1 millón y uno por $1.000 millones pesan igual en el conteo).
Úsala como orientación relativa, no como predictor de tu caso específico.
Para saber qué juez pronunció cada sentencia, leemos automáticamente la firma del PDF (las frases "Pronunciada por…" o "firmado electrónicamente por…"). Esto significa que la suma de fallos que ves por juez puede ser menor que el total del tribunal: no es un error de cálculo, es que algunos fallos aún no pasan por el lector automático.
📊 Funnel transparente: cargando…
Dos motivos principales:
Las cifras por juez son correctas para lo extraído, no completas respecto al universo total del tribunal. Si detectas un juez faltante o mal asignado, escríbenos a hola@normaviva.cl.
Selecciona Oficios, Circulares o Resoluciones en la barra lateral y luego un documento para ver su contenido completo.
Cubre 4.031 oficios + 830 circulares + 1.687 resoluciones del SII (2013-2026). Filtra por año o busca en materia, criterio y texto completo.