Selecciona una ley y un artículo para ver su texto vigente.
Tribunal L.G.B. Ohiggins
Sociedad Agrícola El Porvenir SA con SERVICIO DE IMPUESTOS INTERNOS DIRECCION REGIONAL RANCAGUA
Fecha: 06-12-2024 · Materia: Giro · Juez: Macarena Del Pilar Arteaga Cisternas
ACOGE Ha Lugar
Se declara nulidad de giro por impuesto a bien mueble (helicóptero) por falta de motivación y fundamentación del acto administrativo, sin pronunciarse sobre exención alegada.
Sociedad Agrícola El Porvenir S.A., propietaria de un helicóptero Bell 429 matricula CCDVR tasado en $6.997.674.490, recibió Giro Folio N°8729843 de 12 de abril de 2023 por $107.464.152 por impuesto establecido en artículo 9 Ley N°21.420. La empresa operaba 17 campos frutícolas con 4.700 hectáreas plantadas y utilizaba el helicóptero para transporte de operadores y profesionales en labores agrícolas. Dedujo reclamo alegando exención por destino indispensable del bien a actividades del artículo 20 LIR y vicio de falta de fundamentación del giro.
El Tribunal analiza dos cuestiones: (1) si concurre exención conforme inciso segundo artículo 9 Ley N°21.420, y (2) si el giro adolece de vicios de forma o fondo. Determina que el giro carece absolutamente de motivación y fundamentación exigida por artículos 8 bis numeral 4 CT y artículos 11, 16 y 41 Ley N°19.880. El acto no explica cómo ni por qué se adopta la decisión de fijar base imponible, limitándose a citar norma sin análisis circunstanciado. Estima que la sola remisión a norma legal no satisface deber de motivación. Por su naturaleza de acto de gravamen patrimonial, exigencias de funda
Se acoge reclamo. Se declara nulidad del Giro N°8729843 de 12 de abril de 2023 dejándolo sin efecto. Se condena en costas al Servicio de Impuestos Internos, estimando que no tuvo motivos plausibles para litigar.
Artículos citados:
Selecciona una ley y un artículo para ver su texto vigente.
Busca, analiza y chatea con todos los fallos de los Tribunales Tributarios y Aduaneros de Chile.
Cada fallo del TTA termina con una decisión. El tribunal puede acoger el reclamo del contribuyente (darle la razón), rechazarlo (darle la razón al SII) o acogerlo parcialmente (una decisión mixta).
En el semáforo de cada tribunal o juez usamos esos resultados como una pista de tendencia:
El porcentaje de fallos acogidos es una foto general, útil para comparar tribunales o jueces entre sí. Pero es una aproximación: no refleja si el caso siguió a apelación o casación, si la sentencia quedó firme, si hubo nulidad posterior, ni el peso económico del asunto (un fallo por $1 millón y uno por $1.000 millones pesan igual en el conteo).
Úsala como orientación relativa, no como predictor de tu caso específico.
Para saber qué juez pronunció cada sentencia, leemos automáticamente la firma del PDF (las frases "Pronunciada por…" o "firmado electrónicamente por…"). Esto significa que la suma de fallos que ves por juez puede ser menor que el total del tribunal: no es un error de cálculo, es que algunos fallos aún no pasan por el lector automático.
📊 Funnel transparente: cargando…
Dos motivos principales:
Las cifras por juez son correctas para lo extraído, no completas respecto al universo total del tribunal. Si detectas un juez faltante o mal asignado, escríbenos a hola@normaviva.cl.
Selecciona Oficios, Circulares o Resoluciones en la barra lateral y luego un documento para ver su contenido completo.
Cubre 4.031 oficios + 830 circulares + 1.687 resoluciones del SII (2013-2026). Filtra por año o busca en materia, criterio y texto completo.