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Tribunal R. Metropolitana. Primero
ALBORNOZ VENEGAS con SERVICIO DE IMPUESTOS INTERNOS DIRECCION REGIONAL STGO CENTRO
Fecha: 20-02-2025 · Materia: Tasación general bien raíz no agrícola · Juez: Luis Alfonso Pérez Manríquez
RECHAZA No Ha Lugar
Reclamo de contribuyente contra proceso general de reavalúo de bienes raíces 2022, invocando procedimiento general por vicios en actos administrativos y falta de debido proceso.
Claudio Albornoz Venegas es propietario de cinco inmuebles ubicados en Peñalolén y Estación Central. El SII realizó un proceso de reavalúo en 2022 mediante Resolución Exenta N° 143 de 30 de diciembre de 2021, Resolución N° 11 de 1º de febrero de 2022 y Decreto N° 437 de 12 de abril de 2022. Los avalúos fiscales se incrementaron significativamente: el inmueble de Los Flamencos de $50.404.985 a $78.827.797; Conde de Maule 2704 de $20.418.440 a $40.204.806; Conde de Maule 2701 de $30.318.289 a $59.953.169; estacionamiento 224 de $2.515.765 a $4.832.205; bodega 171 de $580.560 a $1.102.777.
El reclamante sostiene que el procedimiento especial del artículo 149 del Código Tributario aplica solo a cuatro causales específicas. Como el reavalúo contiene vicios no contemplados en esas causales, invoca el procedimiento general del artículo 123 del Código Tributario. Argumenta competencia del Tribunal Tributario conforme al artículo 1 N° 8 de la Ley N° 20.322 para conocer de la nulidad de actos administrativos. Alega vulneración del debido proceso constitucional (artículo 19 N° 3, inciso 5º de la Constitución Política) por falta de transparencia en la información disponible en el portal
El fallo no incluye la parte resolutiva en el texto proporcionado. Solo contiene la presentación de argumentos del reclamante y comienza análisis de la Ley de Impuesto Territorial.
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Cada fallo del TTA termina con una decisión. El tribunal puede acoger el reclamo del contribuyente (darle la razón), rechazarlo (darle la razón al SII) o acogerlo parcialmente (una decisión mixta).
En el semáforo de cada tribunal o juez usamos esos resultados como una pista de tendencia:
El porcentaje de fallos acogidos es una foto general, útil para comparar tribunales o jueces entre sí. Pero es una aproximación: no refleja si el caso siguió a apelación o casación, si la sentencia quedó firme, si hubo nulidad posterior, ni el peso económico del asunto (un fallo por $1 millón y uno por $1.000 millones pesan igual en el conteo).
Úsala como orientación relativa, no como predictor de tu caso específico.
Para saber qué juez pronunció cada sentencia, leemos automáticamente la firma del PDF (las frases "Pronunciada por…" o "firmado electrónicamente por…"). Esto significa que la suma de fallos que ves por juez puede ser menor que el total del tribunal: no es un error de cálculo, es que algunos fallos aún no pasan por el lector automático.
📊 Funnel transparente: cargando…
Dos motivos principales:
Las cifras por juez son correctas para lo extraído, no completas respecto al universo total del tribunal. Si detectas un juez faltante o mal asignado, escríbenos a hola@normaviva.cl.
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