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Tribunal R. Metropolitana. Cuarto
MILYUNIR SPA con SERVICIO DE IMPUESTOS INTERNOS XV DR STGO ORIENTE
Fecha: 04-03-2025 · Materia: Resolución
PARCIAL Ha Lugar en Parte
Tribunal acoge en parte reclamo de MILYUNIR SPA contra negativa del SII de devolución de IVA Exportador, ordenando devolución por $426.889.386 al acreditarse que el impuesto fue pagado por el proveedor.
MILYUNIR SPA solicitó devolución de IVA Exportador por $427.030.320 mediante F3600 folio 10181880 por período junio 2017, correspondiente a exportación de 120 toneladas de avena a República Dominicana. El SII rechazó la solicitud mediante Resolución Exenta N°2380 de 6 de septiembre 2017, alegando falta de acreditación de efectividad de pago a proveedor (Agrocomercial M&M SpA) mediante vale vista endosable y discrepancias entre precios de facturas de exportación y precios de mercado. La reclamante aportó documentación en proceso de Fiscalización Especial Previa y acreditó que el proveedor pagó
El tribunal estimó que no fue aplicable el artículo 23 N°5 inciso 1° de la LIVS para rechazar crédito fiscal, pues el SII no calificó explícitamente las facturas como falsas, no fidedignas o irregulares. Respecto a precios, concluyó que la libertad contractual permite pactar precios superiores a referencias ODEPA, especialmente por destino final hacia Irán y condiciones de mercado. Determinó que el proveedor Agrocomercial M&M SpA pagó efectivamente IVA debito fiscal de $430.463.867 con créditos de $426.889.386 en junio 2017, financiando la diferencia con postergación legal. Sin prueba de irreg
Se acogió en parte el reclamo dejando sin efecto la Resolución Exenta N°2380 y disponiendo la procedencia de devolución de IVA Exportador por monto de $426.889.386, equivalente al IVA previamente pagado en arcas fiscales. Cada parte pagará sus propias costas.
Artículos citados:
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Cada fallo del TTA termina con una decisión. El tribunal puede acoger el reclamo del contribuyente (darle la razón), rechazarlo (darle la razón al SII) o acogerlo parcialmente (una decisión mixta).
En el semáforo de cada tribunal o juez usamos esos resultados como una pista de tendencia:
El porcentaje de fallos acogidos es una foto general, útil para comparar tribunales o jueces entre sí. Pero es una aproximación: no refleja si el caso siguió a apelación o casación, si la sentencia quedó firme, si hubo nulidad posterior, ni el peso económico del asunto (un fallo por $1 millón y uno por $1.000 millones pesan igual en el conteo).
Úsala como orientación relativa, no como predictor de tu caso específico.
Para saber qué juez pronunció cada sentencia, leemos automáticamente la firma del PDF (las frases "Pronunciada por…" o "firmado electrónicamente por…"). Esto significa que la suma de fallos que ves por juez puede ser menor que el total del tribunal: no es un error de cálculo, es que algunos fallos aún no pasan por el lector automático.
Funnel transparente: cargando…
Dos motivos principales:
Las cifras por juez son correctas para lo extraído, no completas respecto al universo total del tribunal. Si detectas un juez faltante o mal asignado, escríbenos a hola@normaviva.cl.
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