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Tribunal R. Metropolitana. Segundo
INMOBILIARIA ACTUAL SEMINARIO S.A. con XIII DIRECCIÓN REGIONAL SANTIAGO CENTRO
Fecha: 07-03-2025 · Materia: Resolución · Juez: José Antonio Guerrero Uriarte
ACOGE Ha Lugar
Tribunal acoge reclamo de inmobiliaria contra resolución del SII que fijó valor de terreno en 75,10 UF/m² para deducción de IVA, autorizando 97,69 UF/m² por falta de fundamentación adecuada.
Inmobiliaria Actual Seminario S.A. adquirió terreno fusionado (Rol 2-8, Ñuñoa) por 368.905,11 UF a 97,69 UF/m². Solicitó deducir este valor efectivo de adquisición al vender unidades del proyecto inmobiliario conforme artículo 17 inciso 5° DL 825. SII rechazó solicitud fijando valor en 75,10 UF/m² mediante Resolución Ex. 4230 de 20 noviembre 2018, argumentando que terrenos de referencia no eran comparables. Reclamante presentó informes de BDO y Real Data demostrando valor de mercado entre 97-98 UF/m².
Tribunal estimó que SII incumplió deber de fundamentación exigido por Ley 19.880 y Circular 16/1988. Informe Técnico 762/2018 no especificó qué características urbanas diferían. Terrenos de referencia estaban dentro de comuna de Ñuñoa, comparables en zona normativa Z-1 A. SII contradictoriamente utilizó otros comparables en evacúa traslado sin integrarlos en acto original. Dos informes privados independientes (BDO y Real Data) coincidieron en valor de mercado 97-98 UF/m², sin que SII aportara prueba contraria. Valor propuesto por reclamante concuerda con valores comerciales de ubicación y cara
Se acoge reclamo. Se deja sin efecto Resolución Ex. 4230 de 20 noviembre 2018. Se autoriza deducción de 97,69 UF/m² para efectos del artículo 17 inciso 5° DL 825. Sin condena en costas por existir motivo plausible para litigar.
Artículos citados:
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Cada fallo del TTA termina con una decisión. El tribunal puede acoger el reclamo del contribuyente (darle la razón), rechazarlo (darle la razón al SII) o acogerlo parcialmente (una decisión mixta).
En el semáforo de cada tribunal o juez usamos esos resultados como una pista de tendencia:
El porcentaje de fallos acogidos es una foto general, útil para comparar tribunales o jueces entre sí. Pero es una aproximación: no refleja si el caso siguió a apelación o casación, si la sentencia quedó firme, si hubo nulidad posterior, ni el peso económico del asunto (un fallo por $1 millón y uno por $1.000 millones pesan igual en el conteo).
Úsala como orientación relativa, no como predictor de tu caso específico.
Para saber qué juez pronunció cada sentencia, leemos automáticamente la firma del PDF (las frases "Pronunciada por…" o "firmado electrónicamente por…"). Esto significa que la suma de fallos que ves por juez puede ser menor que el total del tribunal: no es un error de cálculo, es que algunos fallos aún no pasan por el lector automático.
Funnel transparente: cargando…
Dos motivos principales:
Las cifras por juez son correctas para lo extraído, no completas respecto al universo total del tribunal. Si detectas un juez faltante o mal asignado, escríbenos a hola@normaviva.cl.
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