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Tribunal de los Lagos
Inmobiliaria Patagonia Virgin Frutillar Limitada. con SERVICIO DE IMPUESTOS INTERNOS DIRECCION REGIONAL PUERTO MONTT
Fecha: 25-06-2025 · Materia: Resolución · Juez: Christian Marcel Allen Rojas
RECHAZA No Ha Lugar
Rechazo de exención de impuesto territorial para recinto deportivo por falta de vigencia del convenio durante pandemia COVID-19, considerada como caso fortuito que suspendió la obligación de ambas partes.
Inmobiliaria Patagonia Virgin Frutillar SpA solicitó exención del impuesto territorial para un bien raíz con instalaciones deportivas (cancha de golf y tenis) en Frutillar. El contribuyente celebró convenio de uso gratuito con dos establecimientos educacionales en febrero de 2020 y contaba con informe del Instituto Nacional de Deportes acreditando su carácter deportivo. El SII rechazó la solicitud argumentando que durante la pandemia COVID-19 fue imposible el uso de las instalaciones debido a la alerta sanitaria decretada. El contribuyente presentó recursos administrativos y posteriormente int
El tribunal analiza que ambas partes reconocen la existencia de fuerza mayor derivada de la pandemia COVID-19 que imposibilitó el uso de las instalaciones deportivas. Se determina que la exención de impuesto territorial es un beneficio excepcional que exige interpretación restrictiva de la norma. La fuerza mayor suspende la vigencia del convenio para ambas partes (contribuyente y Estado), de manera que no resulta imputable únicamente al contribuyente la falta de cumplimiento. Se rechaza el argumento sobre inaplicabilidad de normas reglamentarias por decisiones del Tribunal Constitucional, seña
Se acoge la excepción de caducidad por extemporaneidad respecto del reclamo de años 2020, 2021 y 2022. Se rechaza el reclamo del contribuyente y se confirma la Resolución SII N°832 de 4 de octubre de 2023. Se condena al actor en costas.
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Cada fallo del TTA termina con una decisión. El tribunal puede acoger el reclamo del contribuyente (darle la razón), rechazarlo (darle la razón al SII) o acogerlo parcialmente (una decisión mixta).
En el semáforo de cada tribunal o juez usamos esos resultados como una pista de tendencia:
El porcentaje de fallos acogidos es una foto general, útil para comparar tribunales o jueces entre sí. Pero es una aproximación: no refleja si el caso siguió a apelación o casación, si la sentencia quedó firme, si hubo nulidad posterior, ni el peso económico del asunto (un fallo por $1 millón y uno por $1.000 millones pesan igual en el conteo).
Úsala como orientación relativa, no como predictor de tu caso específico.
Para saber qué juez pronunció cada sentencia, leemos automáticamente la firma del PDF (las frases "Pronunciada por…" o "firmado electrónicamente por…"). Esto significa que la suma de fallos que ves por juez puede ser menor que el total del tribunal: no es un error de cálculo, es que algunos fallos aún no pasan por el lector automático.
📊 Funnel transparente: cargando…
Dos motivos principales:
Las cifras por juez son correctas para lo extraído, no completas respecto al universo total del tribunal. Si detectas un juez faltante o mal asignado, escríbenos a hola@normaviva.cl.
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