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Tribunal de la Araucanía
GASTROSUR SpA. con SERVICIO DE IMPUESTOS INTERNOS DIRECCION REGIONAL TEMUCO
Fecha: 30-06-2025 · Materia: Artículo 97 N° 10 del CT
RECHAZA No Ha Lugar
Tribunal rechaza reclamo contra multa por no emisión de boletas electrónicas en ventas vía UberEats durante noviembre 2024, confirmando infracción del artículo 97 N°10 del Código Tributario por $3.888.190.
Gastrosur SpA vendió comida preparada a través de UberEats entre el 1 y 30 de noviembre de 2024 por $3.888.190 sin emitir boletas electrónicas. El SII detectó la omisión en fiscalización de oficina el 19 de diciembre de 2024, tras visitas previas obstaculizadas. El representante legal reconoció la infracción y exhibió registros de ventas desde su celular. La contribuyente alegó problemas técnicos con sistema de emisión y desvinculación de empresa externa (Klap) que impedía emitir documentos desde septiembre 2024.
El tribunal establece que en materia infraccional aplican garantías del derecho penal con matices, correspondiendo al SII la carga probatoria. La contribuyente reconoció expresamente la no emisión de boletas, limitándose a solicitar ajuste del monto y atenuantes. Mediante prueba documental (registros UberEats, registro de ventas) y testimonial (funcionarios fiscalizadores), se acreditó que no hubo emisión de boletas en noviembre 2024 pese a ventas por $3.888.190. Se descartó error en el monto determinado. Se aplicaron atenuantes por no reincidencia y cumplimiento posterior (emisión de boleta N
Se rechaza el reclamo y confirma la infracción del artículo 97 N°10 del Código Tributario. Se aplica multa de $3.888.190 (100% del monto de operación) y clausura de 3 días del establecimiento. Se condena en costas a la reclamante por falta de motivo plausible para litigar.
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Cada fallo del TTA termina con una decisión. El tribunal puede acoger el reclamo del contribuyente (darle la razón), rechazarlo (darle la razón al SII) o acogerlo parcialmente (una decisión mixta).
En el semáforo de cada tribunal o juez usamos esos resultados como una pista de tendencia:
El porcentaje de fallos acogidos es una foto general, útil para comparar tribunales o jueces entre sí. Pero es una aproximación: no refleja si el caso siguió a apelación o casación, si la sentencia quedó firme, si hubo nulidad posterior, ni el peso económico del asunto (un fallo por $1 millón y uno por $1.000 millones pesan igual en el conteo).
Úsala como orientación relativa, no como predictor de tu caso específico.
Para saber qué juez pronunció cada sentencia, leemos automáticamente la firma del PDF (las frases "Pronunciada por…" o "firmado electrónicamente por…"). Esto significa que la suma de fallos que ves por juez puede ser menor que el total del tribunal: no es un error de cálculo, es que algunos fallos aún no pasan por el lector automático.
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Dos motivos principales:
Las cifras por juez son correctas para lo extraído, no completas respecto al universo total del tribunal. Si detectas un juez faltante o mal asignado, escríbenos a hola@normaviva.cl.
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