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Tribunal R. Metropolitana. Segundo
SERVICIO DE IMPUESTOS INTERNOS DIRECCION REGIONAL STGO CENTRO con Servicios Integrales Spa
Fecha: 24-07-2025 · Materia: Artículo 97 N° 4 del CT · Juez: José Antonio Guerrero Uriarte
ACOGE Ha Lugar
Se confirma sanción a contribuyente por utilizar facturas ideológicamente falsas de emisor agresivo de IVA para aumentar crédito fiscal indebidamente en agosto 2019, aplicando multa del 100% de lo defraudado.
SERVICIOS INTEGRALES SpA registró en su contabilidad y declaró en Formulario 29 de agosto 2019 seis facturas emitidas por Ferretería Lo Espinoza Limitada, documentos que la representante legal de dicha ferretería denunció ante el Ministerio Público como falsificados sin su consentimiento. En agosto 2019, Ferretería Lo Espinoza ya no desarrollaba actividades afectas a IVA. El contribuyente utilizó estas facturas para aumentar su crédito fiscal en $3.603.247, generando perjuicio fiscal. No presentó descargos ni prueba que desvirtuara los hechos.
Para configurar el tipo del artículo 97 N°4 inciso segundo del Código Tributario se requiere: a) contribuyente afecto a IVA; b) maniobras tendientes a aumentar crédito fiscal indebidamente; c) malicia. Se acreditó que el contribuyente fue afecto a IVA. Respecto de las maniobras, se probó que Ferretería Lo Espinoza era emisor agresivo de IVA sin actividades en el período, sus facturas fueron registradas en el Registro de Compras y declaradas en el Formulario 29, todo lo cual constituye maniobra para obtener devoluciones indebidas. La malicia se acredita por el actuar voluntario y sistemático de
Se confirma Acta de Denuncia N°4/2022 y se aplica multa de $3.603.247 al contribuyente SERVICIOS INTEGRALES SpA por infracción al artículo 97 N°4 inciso segundo del Código Tributario. Se ordena su cumplimiento mediante giro del SII una vez ejecutoriada la sentencia.
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Cada fallo del TTA termina con una decisión. El tribunal puede acoger el reclamo del contribuyente (darle la razón), rechazarlo (darle la razón al SII) o acogerlo parcialmente (una decisión mixta).
En el semáforo de cada tribunal o juez usamos esos resultados como una pista de tendencia:
El porcentaje de fallos acogidos es una foto general, útil para comparar tribunales o jueces entre sí. Pero es una aproximación: no refleja si el caso siguió a apelación o casación, si la sentencia quedó firme, si hubo nulidad posterior, ni el peso económico del asunto (un fallo por $1 millón y uno por $1.000 millones pesan igual en el conteo).
Úsala como orientación relativa, no como predictor de tu caso específico.
Para saber qué juez pronunció cada sentencia, leemos automáticamente la firma del PDF (las frases "Pronunciada por…" o "firmado electrónicamente por…"). Esto significa que la suma de fallos que ves por juez puede ser menor que el total del tribunal: no es un error de cálculo, es que algunos fallos aún no pasan por el lector automático.
📊 Funnel transparente: cargando…
Dos motivos principales:
Las cifras por juez son correctas para lo extraído, no completas respecto al universo total del tribunal. Si detectas un juez faltante o mal asignado, escríbenos a hola@normaviva.cl.
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