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Tribunal R. Metropolitana. Segundo
SERVICIO DE IMPUESTOS INTERNOS DIRECCION REGIONAL STGO CENTRO con Decoraciones Dem Ltda.
Fecha: 05-08-2025 · Materia: Artículo 97 N° 4 del CT · Juez: José Antonio Guerrero Uriarte
PARCIAL Ha Lugar en Parte
Tribunal rechaza parcialmente denuncia por facturas falsas. Condena a Decoraciones Dem Ltda. por maniobras fraudulentas en IVA con multa de $20.742.158, pero absuelve del delito de Impuesto a la Renta por insuficiencia probatoria.
Durante 2017 y 2018, Decoraciones Dem Ltda. incorporó 18 facturas electrónicas ideológicamente falsas en su contabilidad, emitidas por dos empresas relacionadas. Utilizó estas facturas para aumentar créditos fiscales de IVA y rebajar base imponible de Renta. La empresa registró compras sin guías de despacho, órdenes de compra ni correos electrónicos de respaldo. Los pagos se realizaron parcialmente en transferencias y efectivo a través de intermediaria Catalina Abarca. La denunciada reconoció las compras pero afirmó que fueron operaciones reales para su giro comercial.
El Tribunal establece que en procedimiento administrativo tributario rige presunción de inocencia, siendo carga del SII probar los delitos. Respecto a IVA, acredita que contribuyente registró y declaró créditos fiscales indebidos mediante maniobras fraudulentas sin respaldo documentario, constituyendo dolo. Respecto a Impuesto a la Renta, desestima acusación por insuficiencia probatoria: el SII no detalló perjuicio fiscal real ni acreditó que facturas se declararan en Formularios 22, siendo obligatorio especificar monto del tributo eludido. Para sanción, aplica atenuantes por falta de reincide
Tribunal confirma parcialmente Acta de Denuncia N°3. Condena a contribuyente con multa de $20.742.158 por concepto de IVA (100% del monto defraudado). Absuelve respecto del Impuesto a la Renta. No condena en costas por existir motivo plausible para litigar.
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Cada fallo del TTA termina con una decisión. El tribunal puede acoger el reclamo del contribuyente (darle la razón), rechazarlo (darle la razón al SII) o acogerlo parcialmente (una decisión mixta).
En el semáforo de cada tribunal o juez usamos esos resultados como una pista de tendencia:
El porcentaje de fallos acogidos es una foto general, útil para comparar tribunales o jueces entre sí. Pero es una aproximación: no refleja si el caso siguió a apelación o casación, si la sentencia quedó firme, si hubo nulidad posterior, ni el peso económico del asunto (un fallo por $1 millón y uno por $1.000 millones pesan igual en el conteo).
Úsala como orientación relativa, no como predictor de tu caso específico.
Para saber qué juez pronunció cada sentencia, leemos automáticamente la firma del PDF (las frases "Pronunciada por…" o "firmado electrónicamente por…"). Esto significa que la suma de fallos que ves por juez puede ser menor que el total del tribunal: no es un error de cálculo, es que algunos fallos aún no pasan por el lector automático.
Funnel transparente: cargando…
Dos motivos principales:
Las cifras por juez son correctas para lo extraído, no completas respecto al universo total del tribunal. Si detectas un juez faltante o mal asignado, escríbenos a hola@normaviva.cl.
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