Selecciona una ley y un artículo para ver su texto vigente.
Tribunal de la Araucanía
BENDITO SABOR SPA. con SERVICIO DE IMPUESTOS INTERNOS DIRECCION REGIONAL TEMUCO
Fecha: 23-09-2025 · Materia: Artículo 97 N° 10 del CT
RECHAZA No Ha Lugar
Tribunal rechaza reclamo de Bendito Sabor SpA contra infracción por no emisión de boletas electrónicas en ventas en efectivo. Confirma sanción con multa de 2 UTM y 2 días de clausura.
Bendito Sabor SpA, comercio de heladería y cafetería en Freire, fue fiscalizado el 2 de marzo de 2025. Se constató que la máquina emisora de boletas electrónicas operaba en modo demostración, emitiendo vouchers sin validez tributaria con RUT ficticio (11.111.111-1) para ventas en efectivo. Entre febrero y 2 de marzo de 2025 no se emitieron boletas válidas por ventas en efectivo, generándose operaciones no documentadas por $40.250. La reclamante argumentó error involuntario por inexperiencia de personal.
El Tribunal establece que la carga de prueba corresponde al SII, quien debe acreditar la infracción revirtiendo la presunción de inocencia. La prueba documental y testimonial de fiscalizadores confirma que la máquina funcionaba en modo demostración, sin documentos tributarios válidos. El artículo 52 y 55 de la Ley IVA obligan a emitir boletas en el momento de la entrega, incluso para operaciones exentas. El artículo 97 N°10 del CT sanciona la no emisión de boletas con multa de 50% a 500% del monto más clausura. No se acredita reincidencia, pero se reconoce cooperación durante fiscalización.
Rechaza reclamo. Confirma infracción notificada por artículo 97 N°10 CT. Aplica multa de 2 unidades tributarias mensuales y clausura de 2 días. No condena en costas por motivos plausibles para litigar.
Artículos citados:
Selecciona una ley y un artículo para ver su texto vigente.
Busca, analiza y chatea con todos los fallos de los Tribunales Tributarios y Aduaneros de Chile.
Cada fallo del TTA termina con una decisión. El tribunal puede acoger el reclamo del contribuyente (darle la razón), rechazarlo (darle la razón al SII) o acogerlo parcialmente (una decisión mixta).
En el semáforo de cada tribunal o juez usamos esos resultados como una pista de tendencia:
El porcentaje de fallos acogidos es una foto general, útil para comparar tribunales o jueces entre sí. Pero es una aproximación: no refleja si el caso siguió a apelación o casación, si la sentencia quedó firme, si hubo nulidad posterior, ni el peso económico del asunto (un fallo por $1 millón y uno por $1.000 millones pesan igual en el conteo).
Úsala como orientación relativa, no como predictor de tu caso específico.
Para saber qué juez pronunció cada sentencia, leemos automáticamente la firma del PDF (las frases "Pronunciada por…" o "firmado electrónicamente por…"). Esto significa que la suma de fallos que ves por juez puede ser menor que el total del tribunal: no es un error de cálculo, es que algunos fallos aún no pasan por el lector automático.
📊 Funnel transparente: cargando…
Dos motivos principales:
Las cifras por juez son correctas para lo extraído, no completas respecto al universo total del tribunal. Si detectas un juez faltante o mal asignado, escríbenos a hola@normaviva.cl.
Selecciona Oficios, Circulares o Resoluciones en la barra lateral y luego un documento para ver su contenido completo.
Cubre 4.031 oficios + 830 circulares + 1.687 resoluciones del SII (2013-2026). Filtra por año o busca en materia, criterio y texto completo.