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Tribunal L.G.B. Ohiggins
Inversiones San José Limitada con SERVICIO DE IMPUESTOS INTERNOS DIRECCION REGIONAL RANCAGUA
Fecha: 30-09-2025 · Materia: Resolución · Juez: Gonzalo Hernán Trabucco González
RECHAZA No Ha Lugar
Se rechaza por improcedente presentación extemporánea de escrito después de citadas las partes a oír sentencia.
Inversiones San José Limitada presentó un escrito el 29 de septiembre de 2025, después de haber sido citadas las partes a oír sentencia en un procedimiento general de reclamación ante el Tribunal Tributario y Aduanero de Rancagua.
El tribunal aplicó el artículo 433 inciso 1° del Código de Procedimiento Civil, que establece que una vez citadas las partes a oír sentencia, no se admitirán escritos ni pruebas de ningún género. Esta norma es aplicable en materia tributaria conforme a lo dispuesto en el artículo 148 del Código Tributario y artículo 3 del Código de Procedimiento Civil. El escrito presentado fuera de plazo legal no puede ser admitido.
Se rechaza por improcedente la presentación, teniéndose por no presentado el documento para todos los efectos legales.
Artículos citados:
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Cada fallo del TTA termina con una decisión. El tribunal puede acoger el reclamo del contribuyente (darle la razón), rechazarlo (darle la razón al SII) o acogerlo parcialmente (una decisión mixta).
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