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Tribunal del Biobio
PEZANTES ORÓSTEGUI con SERVICIO DE IMPUESTOS INTERNOS DIRECCION REGIONAL CHILLAN
Fecha: 02-01-2026 · Materia: Liquidación · Juez: Anselmo Iván Cifuentes Ormeño
ACOGE Ha Lugar
Se acoge reclamación contra liquidación de IGC por error en no considerar impuesto pagado; SII se allana totalmente y se deja sin efecto la liquidación.
Juan Vicente Pezantes Oróstegui, ingeniero agrónomo, interpone reclamo contra la Liquidación n.° 32040 0967 de 28 de marzo de 2025, emitida por la Unidad de San Carlos de la XX Dirección Regional Chillán del SII. Sostiene que la liquidación carece de fundamentos y que el impuesto fue oportunamente declarado y pagado. El SII reconoce que la liquidación no consideró el monto efectivamente pagado por IGC en la F22 del año tributario 2022 y que, habiendo acogido parcialmente una RAV respecto al único agregado a la base de IGC, se llegaría a la misma base que el contribuyente declaró.
El tribunal constata que no existe controversia alguna luego de que el SII se allanara totalmente a las pretensiones del recurrente. El SII reconoce que su liquidación incurrió en error al no considerar el impuesto global complementario efectivamente pagado por el contribuyente al presentar su declaración del ejercicio 2022, y que la resolución de la reclamación anterior (RAV) al resolver parcialmente el único agregado practicado llevaría a la misma base de IGC declarada por el contribuyente. Ante esta concurrencia de factores, el allanamiento resulta procedente.
Se acepta el allanamiento total del SII. Se acoge la reclamación presentada por Pezantes Oróstegui. Se deja sin efecto la Liquidación n.° 320400967 de 28 de marzo de 2025. No se condena en costas. Se ordena el cumplimiento administrativo.
Artículos citados:
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Cada fallo del TTA termina con una decisión. El tribunal puede acoger el reclamo del contribuyente (darle la razón), rechazarlo (darle la razón al SII) o acogerlo parcialmente (una decisión mixta).
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