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Tribunal R. Metropolitana. Cuarto
SISTEMAS ORACLE DE CHILE S.A con SII-DIRECCCIÓN GRANDES CONTRIBUYENTES
Fecha: 16-01-2026 · Materia: Resolución · Juez: Cristhian Eduardo Navarrete Cottet
ACOGE Ha Lugar
Se acoge reclamo de SISTEMAS ORACLE DE CHILE S.A. contra SII por denegatoria de devolución de Impuesto Adicional pagado en exceso por $489.319.372, acreditándose fehacientemente el pago duplicado sobre licencias BEA.
SISTEMAS ORACLE DE CHILE S.A. (ORASUB) solicitó devolución de $489.319.372 de Impuesto Adicional pagado en exceso durante 2012, por regalías a Oracle International Corporation (OIC, EE.UU.) y Oracle CAPAC Services (OCAPAC, Irlanda). ORASUB paga 76% de regalías a OIC y 65% a OCAPAC sobre ingresos de sublicencias. En febrero y mayo de 2012, OIC emitió notas de crédito por sobreestimación de regalías ($635.617.817 y $995.446.756 respectivamente), generando pago excesivo de Impuesto Adicional al 30% sobre bases que incluían ingresos BEA. El SII rechazó la devolución mediante Resolución Exenta 234/
El tribunal establece que la reclamante acreditó suficientemente mediante prueba instrumental (contratos, facturas, libros contables, notas de crédito, informe contable tributario) que: (i) existe correlación entre facturas de OIC, declaración de regalías y registros contables; (ii) los pagos a OIC (tasa 30%) y OCAPAC (tasa 10% por TDA con Irlanda) corresponden a una misma renta de fuente chilena; (iii) las notas de crédito de OIC no fueron registradas en libros de retenciones, por lo que las bases gravadas correspondieron solo a facturas sin rebajas, generando pago en exceso; (iv) el Impuesto
Se acoge reclamo dejando sin efecto Resolución Exenta 234/2016 del SII, ordenando devolución de $489.319.372 más reajustes legales. Cada parte paga sus costas. SII debe ejecutar administrativamente lo resuelto.
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Cada fallo del TTA termina con una decisión. El tribunal puede acoger el reclamo del contribuyente (darle la razón), rechazarlo (darle la razón al SII) o acogerlo parcialmente (una decisión mixta).
En el semáforo de cada tribunal o juez usamos esos resultados como una pista de tendencia:
El porcentaje de fallos acogidos es una foto general, útil para comparar tribunales o jueces entre sí. Pero es una aproximación: no refleja si el caso siguió a apelación o casación, si la sentencia quedó firme, si hubo nulidad posterior, ni el peso económico del asunto (un fallo por $1 millón y uno por $1.000 millones pesan igual en el conteo).
Úsala como orientación relativa, no como predictor de tu caso específico.
Para saber qué juez pronunció cada sentencia, leemos automáticamente la firma del PDF (las frases "Pronunciada por…" o "firmado electrónicamente por…"). Esto significa que la suma de fallos que ves por juez puede ser menor que el total del tribunal: no es un error de cálculo, es que algunos fallos aún no pasan por el lector automático.
Funnel transparente: cargando…
Dos motivos principales:
Las cifras por juez son correctas para lo extraído, no completas respecto al universo total del tribunal. Si detectas un juez faltante o mal asignado, escríbenos a hola@normaviva.cl.
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