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Tribunal de la Araucanía
VEJAR PALMA con SERVICIO DE IMPUESTOS INTERNOS DIRECCION REGIONAL TEMUCO
Fecha: 21-01-2026 · Materia: Artículo 97 N° 10 del CT · Juez: Orlando Iván Cuevas Reyes
RECHAZA No Ha Lugar
Tribunal rechaza reclamo de arquitecta por infracción art. 97 N°10 CT por no emitir boleta de honorarios electrónica en plazo legal, confirmando multa cursada por SII.
Yolanda Vejar Palma, arquitecta, prestó servicios profesionales a empresa MYM SpA por $600.000 en efectivo durante febrero y marzo de 2025. El SII notificó infracción el 15 de abril de 2025 por no haber emitido boleta de honorarios electrónica. La reclamante fue citada el 12 de abril, compareciendo el 15 de abril, oportunidad en que se le requirió emitir inmediatamente la boleta. Posteriormente emitió boleta N°46, que anuló por error, sustituyéndola por boleta N°50 del 1 de abril de 2025.
El tribunal constata que la reclamante no controvierte el hecho de no haber emitido la boleta de honorarios electrónica. Reconoce que la normativa vigente, específicamente el artículo 68 bis de la Ley sobre Impuesto a la Renta, la Resolución N°1414 de 1978 y la Circular N°21 de 1991, obligan a emitir boletas de honorarios en el momento en que se devenga el impuesto, es decir, cuando el honorario se paga, abona en cuenta o se pone a disposición del interesado. Aunque la reclamante alegó un plazo de 90 días para emitir el documento, el tribunal determina que conforme a la normativa tributaria vi
Se rechaza el reclamo interpuesto por Yolanda Vejar Palma, se declara configurada la infracción tributaria conforme al artículo 97 N°10 del Código Tributario y se confirma la multa cursada por el Servicio de Impuestos Internos.
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Cada fallo del TTA termina con una decisión. El tribunal puede acoger el reclamo del contribuyente (darle la razón), rechazarlo (darle la razón al SII) o acogerlo parcialmente (una decisión mixta).
En el semáforo de cada tribunal o juez usamos esos resultados como una pista de tendencia:
El porcentaje de fallos acogidos es una foto general, útil para comparar tribunales o jueces entre sí. Pero es una aproximación: no refleja si el caso siguió a apelación o casación, si la sentencia quedó firme, si hubo nulidad posterior, ni el peso económico del asunto (un fallo por $1 millón y uno por $1.000 millones pesan igual en el conteo).
Úsala como orientación relativa, no como predictor de tu caso específico.
Para saber qué juez pronunció cada sentencia, leemos automáticamente la firma del PDF (las frases "Pronunciada por…" o "firmado electrónicamente por…"). Esto significa que la suma de fallos que ves por juez puede ser menor que el total del tribunal: no es un error de cálculo, es que algunos fallos aún no pasan por el lector automático.
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Dos motivos principales:
Las cifras por juez son correctas para lo extraído, no completas respecto al universo total del tribunal. Si detectas un juez faltante o mal asignado, escríbenos a hola@normaviva.cl.
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