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Tribunal R. Metropolitana. Segundo
SERVICIO DE IMPUESTOS INTERNOS DIRECCION REGIONAL STGO PONIENTE con Montajes y Servicios Industriales Dar Ltda.
Fecha: 25-03-2026 · Materia: Artículo 97 N° 4 del CT · Juez: José Antonio Guerrero Uriarte
ACOGE Ha Lugar
Tribunal condena a contribuyente por incorporar facturas de operaciones inexistentes como costos/gastos e IVA crédito fiscal, infringiendo art. 97 N°4 CT. Multas: $35.923.689 y $46.517.097.
Montajes y Servicios Industriales Dar Ltda., contribuyente con 20 años de actividad, fue fiscalizada por períodos mayo 2018-julio 2019. Se detectó que incorporó en su contabilidad crédito fiscal IVA y costos/gastos amparados en documentos tributarios electrónicos emitidos por cinco proveedores (Inversiones Boza, Thunder, Macht, Alicahue y otro) que presentaban características de facilitadores de IVA: capital social mínimo, ventas desproporcionadas, domicilios virtuales, representantes sin ingresos consistentes, ausencia de trabajadores y compras de activo fijo. Los representantes reconocieron
El tribunal constató que: (1) las operaciones eran inexistentes o no acreditadas pues los proveedores carecían de capacidad económica, física y operacional; (2) incumplieron requisitos del art. 23 N°5 Ley IVA; (3) el perjuicio fiscal fue debidamente acreditado mediante Informe DFI 250/2022, registros de compras y F22 originales/rectificados, ascendiendo a $23.949.126 (IVA) y $31.011.398 (Renta); (4) la omisión fue maliciosa pues los representantes conocían las irregularidades y aun así dedujeron impuestos menores; (5) concurren circunstancias agravantes (20 años de operación, conocimiento de o
Se confirmó el Acta de Denuncia N°4 y se aplicaron multas: $35.923.689 por infracción art. 97 N°4 inc.1° CT e IVA, y $46.517.097 por infracción art. 97 N°4 inc.2° CT e Impuesto Primera Categoría. Se ordenó emisión de giro ejecutoriada la sentencia.
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Cada fallo del TTA termina con una decisión. El tribunal puede acoger el reclamo del contribuyente (darle la razón), rechazarlo (darle la razón al SII) o acogerlo parcialmente (una decisión mixta).
En el semáforo de cada tribunal o juez usamos esos resultados como una pista de tendencia:
El porcentaje de fallos acogidos es una foto general, útil para comparar tribunales o jueces entre sí. Pero es una aproximación: no refleja si el caso siguió a apelación o casación, si la sentencia quedó firme, si hubo nulidad posterior, ni el peso económico del asunto (un fallo por $1 millón y uno por $1.000 millones pesan igual en el conteo).
Úsala como orientación relativa, no como predictor de tu caso específico.
Para saber qué juez pronunció cada sentencia, leemos automáticamente la firma del PDF (las frases "Pronunciada por…" o "firmado electrónicamente por…"). Esto significa que la suma de fallos que ves por juez puede ser menor que el total del tribunal: no es un error de cálculo, es que algunos fallos aún no pasan por el lector automático.
📊 Funnel transparente: cargando…
Dos motivos principales:
Las cifras por juez son correctas para lo extraído, no completas respecto al universo total del tribunal. Si detectas un juez faltante o mal asignado, escríbenos a hola@normaviva.cl.
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