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Tribunal de Magallanes y Antártica Chilena
MAGALLANIA CAPACITACION LIMITADA con SERVICIO DE IMPUESTOS INTERNOS DIRECCION REGIONAL PUNTA ARENAS
Fecha: 07-07-2026 · Materia: Liquidación
RECHAZA No Ha Lugar
Se rechaza reclamo contra liquidaciones de IVA. El tribunal determina que los servicios prestados por Magallania a SERCOTEC constituyen suministro de personal, actividad comercial gravada con IVA, no exenta como alegaba la reclamante.
Magallania Capacitación Limitada prestó servicios de atención integral a ciudadanía mediante el Punto MIPE a SERCOTEC en virtud de licitaciones públicas 869-1-LE19 y 869-1-LE20 (años 2019-2020). Emitió facturas exentas de IVA. El SII fiscalizó y liquidó IVA por $20.792.413 en 8 períodos, argumentando que los servicios constituyen suministro de personal, actividad comercial gravada. La contribuyente impugnó en reposición administrativa y luego reclamó ante el tribunal, sosteniendo que los servicios son exentos conforme a las bases de licitación y práctica histórica nacional.
El tribunal analiza las bases de licitación y contratos, concluyendo que la naturaleza jurídica de los servicios es suministro de personal: puesta a disposición de profesionales y técnicos calificados para ejecutar labores propias de SERCOTEC bajo sus requisitos y funciones específicas. El suministro de personal encaja en actos de comercio del artículo 3 N°7 Código de Comercio. Conforme artículo 20 N°3 DL 824 (actividades comerciales) y artículo 2 N°2 DL 825 (servicios provenientes de actividades comerciales), constituye hecho gravado con IVA. La cláusula contractual que señala "exento de IVA"
Se rechaza el reclamo de Magallania Capacitación Limitada contra las Liquidaciones N°53 a 60 de 28 de julio de 2022. Se condena en costas a la parte reclamante por haber sido totalmente vencida en juicio.
Artículos citados:
IA con citas verificables · 9.886 sentencias del Tribunal Tributario y Aduanero · 6.652 oficios, circulares y resoluciones del SII
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Cada fallo del TTA termina con una decisión. El tribunal puede acoger el reclamo del contribuyente (darle la razón), rechazarlo (darle la razón al SII) o acogerlo parcialmente (una decisión mixta).
En el semáforo de cada tribunal o juez usamos esos resultados como una pista de tendencia:
El porcentaje de fallos acogidos es una foto general, útil para comparar tribunales o jueces entre sí. Pero es una aproximación: no refleja si el caso siguió a apelación o casación, si la sentencia quedó firme, si hubo nulidad posterior, ni el peso económico del asunto (un fallo por $1 millón y uno por $1.000 millones pesan igual en el conteo).
Úsala como orientación relativa, no como predictor de tu caso específico.
Para saber qué juez pronunció cada sentencia, leemos automáticamente la firma del PDF (las frases "Pronunciada por…" o "firmado electrónicamente por…"). Esto significa que la suma de fallos que ves por juez puede ser menor que el total del tribunal: no es un error de cálculo, es que algunos fallos aún no pasan por el lector automático.
Funnel transparente: cargando…
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Las cifras por juez son correctas para lo extraído, no completas respecto al universo total del tribunal. Si detectas un juez faltante o mal asignado, escríbenos a hola@normaviva.cl.
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