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Tribunal de Magallanes y Antártica Chilena
VERTICE S A con SII-DIRECCION REGIONAL PUNTA ARENAS
Fecha: 10-09-2013 · Materia: Resolución
ACOGE Ha Lugar
Tribunal acoge reclamación de Vértice S.A. contra negativa de devolución de $26.916.324 por pagos provisionales de IPC, ordenando su restitución con reajuste legal.
Vértice S.A., empresa de hospedaje y restaurantes, solicitó devolución de $30.720.718 en su declaración de renta 2012. El SII autorizó solo $3.804.394 el 13 de julio 2012, denegando mediante Resolución Ex. N°112101000001 de 19 de noviembre 2012 los restantes $26.916.324. La denegación se fundó en observaciones sobre posible exceso de gastos en remuneraciones (código A09) y falta de acreditación de pérdidas tributarias y créditos de primera categoría (código F77), sin fundar adecuadamente la negativa.
El Tribunal estimó que la empresa comprobó mediante documentos (libros de remuneraciones, comprobantes de cotizaciones) la efectividad de los gastos deducidos. Los pagos provisionales mensuales por $18.814.836 fueron acreditados sin objeción de la reclamada, constituyendo derecho del contribuyente conforme artículo 84 y 97 LIR. Respecto de pagos provisionales por utilidades absorbidas ($12.404.332), las pérdidas tributarias fueron acreditadas mediante declaraciones rectificatorias de 2010 y 2011 presentadas al SII, aceptadas por éste sin objeciones, y homologadas en sentencia de este Tribunal
Se acoge la reclamación dejando sin efecto la Resolución Ex. N°112101000001 de 19 de noviembre 2012. Se ordena devolver a Vértice S.A. la suma de pagos provisionales por IPC ajustada según sentencia del Tribunal de 8 de mayo 2012, más los pagos provisionales mensuales solicitados, deduciendo lo ya restituido. Se reajustan conforme a ley. No se condena en costas.
Artículos citados:
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Cada fallo del TTA termina con una decisión. El tribunal puede acoger el reclamo del contribuyente (darle la razón), rechazarlo (darle la razón al SII) o acogerlo parcialmente (una decisión mixta).
En el semáforo de cada tribunal o juez usamos esos resultados como una pista de tendencia:
El porcentaje de fallos acogidos es una foto general, útil para comparar tribunales o jueces entre sí. Pero es una aproximación: no refleja si el caso siguió a apelación o casación, si la sentencia quedó firme, si hubo nulidad posterior, ni el peso económico del asunto (un fallo por $1 millón y uno por $1.000 millones pesan igual en el conteo).
Úsala como orientación relativa, no como predictor de tu caso específico.
Para saber qué juez pronunció cada sentencia, leemos automáticamente la firma del PDF (las frases "Pronunciada por…" o "firmado electrónicamente por…"). Esto significa que la suma de fallos que ves por juez puede ser menor que el total del tribunal: no es un error de cálculo, es que algunos fallos aún no pasan por el lector automático.
Funnel transparente: cargando…
Dos motivos principales:
Las cifras por juez son correctas para lo extraído, no completas respecto al universo total del tribunal. Si detectas un juez faltante o mal asignado, escríbenos a hola@normaviva.cl.
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