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Tribunal de la Araucanía
ECHEVERRIA CONCHA y otro con SERVICIO DE IMPUESTOS INTERNOS IX DR TEMUCO
Fecha: 03-10-2013 · Materia: Liquidación
RECHAZA Confirmatorio No Ha Lugar
Tribunal rechaza reclamo contra liquidaciones por impuesto global complementario y reintegro. Confirmó que dos socias no percibieron utilidades declaradas, redistribuyéndolas entre los socios activos. Desestimó prescripción por declaraciones maliciosamente falsas.
Socia Alejandra Muñoz concurrió al SII en 2011 descubriendo que figuraba como socia de SOCME Ltda. y se habían efectuado declaraciones de renta a su nombre sin su conocimiento. Declaró que solo trabajó hasta 2005 en reemplazos ocasionales. SII fiscalizó y determinó que las socias Muñoz y Jara no prestaron servicios profesionales ni recibieron participación en utilidades durante años tributarios 2006-2011, pese a que se declararon como percibidas. Socios Echeverría y Bauer reclamaron liquidaciones por impuesto global complementario y reintegro de devoluciones.
Tribunal estableció que declaraciones fueron maliciosamente falsas, aplicando plazo de prescripción de 6 años del artículo 200 inciso 2° del Código Tributario. Desestimó alegación de que SII carecía de facultades para revisar distribución de utilidades, señalando que corresponde verificar veracidad de declaraciones conforme artículos 21 y 24 del Código Tributario. Probó mediante declaraciones testimoniales y juradas que socias Muñoz y Jara no desempeñaron funciones ni percibieron utilidades. Aplicó carga de la prueba al contribuyente según artículo 21 del Código Tributario. Concluyó que utilid
Rechazó solicitud de prescripción. Rechazó reclamaciones de Sergio Echeverría Concha y Karin Bauer Verdugo. Confirmó liquidaciones Nos. 284 a 297 por impuesto global complementario y reintegro artículo 97. No condenó en costas por motivo plausible para litigar.
Artículos citados:
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Cada fallo del TTA termina con una decisión. El tribunal puede acoger el reclamo del contribuyente (darle la razón), rechazarlo (darle la razón al SII) o acogerlo parcialmente (una decisión mixta).
En el semáforo de cada tribunal o juez usamos esos resultados como una pista de tendencia:
El porcentaje de fallos acogidos es una foto general, útil para comparar tribunales o jueces entre sí. Pero es una aproximación: no refleja si el caso siguió a apelación o casación, si la sentencia quedó firme, si hubo nulidad posterior, ni el peso económico del asunto (un fallo por $1 millón y uno por $1.000 millones pesan igual en el conteo).
Úsala como orientación relativa, no como predictor de tu caso específico.
Para saber qué juez pronunció cada sentencia, leemos automáticamente la firma del PDF (las frases "Pronunciada por…" o "firmado electrónicamente por…"). Esto significa que la suma de fallos que ves por juez puede ser menor que el total del tribunal: no es un error de cálculo, es que algunos fallos aún no pasan por el lector automático.
Funnel transparente: cargando…
Dos motivos principales:
Las cifras por juez son correctas para lo extraído, no completas respecto al universo total del tribunal. Si detectas un juez faltante o mal asignado, escríbenos a hola@normaviva.cl.
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