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Tribunal R. Metropolitana. Primero
SERVICIOS DE IMPUESTOS INTERNOS DIRECCIÓN REGIONAL con Soc. de Inversiones e Ingeniería Amonite S.A.
Fecha: 30-10-2013 · Materia: Artículo 97 N° 4 del CT
RECHAZA No Ha Lugar
Tribunal confirma infracción tributaria por subdeclaración maliciosa de IVA en 9 períodos (2010-2011) y aplica multa del 50% del tributo eludido por $7.031.594.
Sociedad Amonite presentó declaraciones de IVA (formularios 29) incompletas y falsas en mayo-junio 2010 y febrero-septiembre 2011. Comparando libros de venta con declaraciones, se detectaron débitos fiscales registrados en contabilidad pero no declarados. El perjuicio fiscal total ascendió a $14.063.189. La subdeclaración se reiteró en el tiempo, aumentando en frecuencia y montos. Amonite alegó error del contador por instrucción de declarar sin pagar, similar a cotizaciones previsionales, pero problemas financieros justificaban la práctica.
El tribunal aplicó principios de derecho penal sancionador, concluyendo que corresponde al Servicio probar todos los elementos de la infracción, incluyendo el dolo. Analizó la malicia mediante: reiteración en el tiempo, aumento progresivo de montos (de $423.280 a $2.900.872), incremento de períodos infractores (2 en 2010, 7 en 2011), y la inverosimilitud de que el contador actuara contra instrucciones expresas siendo el único beneficiado el contribuyente. Consideró poco creíble el desconocimiento del representante legal dada su posición. Rechazó que la rectificación posterior exima de responsa
No ha lugar al reclamo. Se confirma el acta de denuncia acreditando la infracción del art. 97 N°4 inciso primero del CT en grado de consumado y calidad de autor. Se aplica multa del 50% del tributo eludido, equivalente a $7.031.594, considerando las atenuantes. Sin condena en costas por motivo plausible para litigar.
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Cada fallo del TTA termina con una decisión. El tribunal puede acoger el reclamo del contribuyente (darle la razón), rechazarlo (darle la razón al SII) o acogerlo parcialmente (una decisión mixta).
En el semáforo de cada tribunal o juez usamos esos resultados como una pista de tendencia:
El porcentaje de fallos acogidos es una foto general, útil para comparar tribunales o jueces entre sí. Pero es una aproximación: no refleja si el caso siguió a apelación o casación, si la sentencia quedó firme, si hubo nulidad posterior, ni el peso económico del asunto (un fallo por $1 millón y uno por $1.000 millones pesan igual en el conteo).
Úsala como orientación relativa, no como predictor de tu caso específico.
Para saber qué juez pronunció cada sentencia, leemos automáticamente la firma del PDF (las frases "Pronunciada por…" o "firmado electrónicamente por…"). Esto significa que la suma de fallos que ves por juez puede ser menor que el total del tribunal: no es un error de cálculo, es que algunos fallos aún no pasan por el lector automático.
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Dos motivos principales:
Las cifras por juez son correctas para lo extraído, no completas respecto al universo total del tribunal. Si detectas un juez faltante o mal asignado, escríbenos a hola@normaviva.cl.
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