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Tribunal de Magallanes y Antártica Chilena
Mayorga Vera con SII - DIRECCION REGIONAL PUNTA ARENAS
Fecha: 05-10-2011 · Materia: Artículo 97 N° 10 del CT
RECHAZA Confirmatorio No Ha Lugar
Enmienda de oficio de la fecha de la sentencia definitiva dictada en autos por error involuntario, corrigiendo la fecha de cinco de septiembre a cinco de octubre de dos mil once.
En la sentencia definitiva dictada en el procedimiento especial de aplicación de ciertas multas, se consignó erróneamente como fecha 'Punta Arenas, cinco de septiembre de dos mil once', cuando la fecha correcta de dictación fue 'Punta Arenas, cinco de octubre de dos mil once'.
El Tribunal, en uso de las facultades que le confiere el artículo 84, inciso final, del Código de Procedimiento Civil, procede a enmendar de oficio la sentencia anterior para corregir el error involuntario consistente en la fecha incorrecta. La presente resolución se entiende como parte integrante de la sentencia enmendada.
Se enmienda de oficio la sentencia definitiva corrigiendo la fecha a 'Punta Arenas, cinco de octubre de dos mil once'. Se notifica por carta certificada a la parte reclamante y por publicación en www.tta.cl a la parte reclamada.
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