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Tribunal de Magallanes y Antártica Chilena
Consultoria de Negocios Patricio Ibarra EIRL con SII-DIRECCION REGIONAL PUNTA ARENAS
Fecha: 21-09-2015 · Materia: Artículo 97 N° 10 del CT · Juez: Sergio del Carmen Vera Aparicio
PARCIAL Ha Lugar en Parte
Tribunal confirma infracción por falta de emisión de boleta de venta, pero acoge parcialmente el reclamo rebajando la sanción al mínimo por ser primera infracción.
Panadería 'El Pan de España' operada por Consultorías de Negocios Patricio Ibarra EIRL fue fiscalizada el 19 de junio de 2015. Se detectó diferencia de $23.260 entre ventas registradas en cuaderno interno ($37.940) y boletas emitidas ($14.680). La empresa argumentó carecer de guías de despacho ese día, al tener reservada la última para un pedido mayor. Se cursó Notificación de Infracción N° 1276751 por no emisión de documentos tributarios.
El tribunal confirmó la infracción tipificada en artículo 97 N° 10 del CT, estableciendo que la obligación de emitir boletas es imperativa sin excepciones, incluso para contribuyentes acogidos a régimen 14 TER que están obligados a llevar registros de compras y ventas. La falta de guías de despacho constituye infracción equivalente al no otorgamiento. La revisión del cuaderno interno fue legal conforme artículo 60 CT. Se consideraron como circunstancias atenuantes: ausencia de reincidencia, perjuicio fiscal inferior a una UTM, reconocimiento implícito de responsabilidad y no presentación de pr
Se confirma Notificación de Infracción pero se acoge parcialmente el reclamo rebajando sanción: multa de 2 UTM en su mínimo y clausura de local por un día. Cada parte asume sus costas.
Artículos citados:
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Cada fallo del TTA termina con una decisión. El tribunal puede acoger el reclamo del contribuyente (darle la razón), rechazarlo (darle la razón al SII) o acogerlo parcialmente (una decisión mixta).
En el semáforo de cada tribunal o juez usamos esos resultados como una pista de tendencia:
El porcentaje de fallos acogidos es una foto general, útil para comparar tribunales o jueces entre sí. Pero es una aproximación: no refleja si el caso siguió a apelación o casación, si la sentencia quedó firme, si hubo nulidad posterior, ni el peso económico del asunto (un fallo por $1 millón y uno por $1.000 millones pesan igual en el conteo).
Úsala como orientación relativa, no como predictor de tu caso específico.
Para saber qué juez pronunció cada sentencia, leemos automáticamente la firma del PDF (las frases "Pronunciada por…" o "firmado electrónicamente por…"). Esto significa que la suma de fallos que ves por juez puede ser menor que el total del tribunal: no es un error de cálculo, es que algunos fallos aún no pasan por el lector automático.
📊 Funnel transparente: cargando…
Dos motivos principales:
Las cifras por juez son correctas para lo extraído, no completas respecto al universo total del tribunal. Si detectas un juez faltante o mal asignado, escríbenos a hola@normaviva.cl.
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