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Tribunal de la Araucanía
COMERCIAL E INVERSIONES GAY LTDA con SERVICIO DE IMPUESTOS INTERNOS IX DR TEMUCO
Fecha: 30-12-2013 · Materia: Liquidación
ACOGE Ha Lugar
Reclamo contra liquidaciones de IVA por explotación de máquinas de destreza, cuestionando defectos formales en la aplicación de la Ley 18.320, caducidad de facultades fiscalizadoras y metodología de tasación del SII.
Comercial e Inversiones Gay Ltda fue fiscalizada por el SII IX Región entre enero y junio de 2010 respecto de períodos tributarios 2009 por explotación de máquinas de destreza fuera de casinos autorizados. El SII emitió liquidaciones N° 660 a 669 (31/10/2012) determinando diferencias de IVA sobre la base de que la empresa subdeclaraba la base imponible en aproximadamente 60%, al no considerar montos destinados a premios de clientes en los ingresos por servicios de entretenimiento.
El reclamante argumenta defectos formales: incumplimiento de Ley 18.320 por falta de requerimiento conforme a su artículo único N°1 y violación del término de 6 meses; infracción al principio de legalidad (Constitución arts. 6-7, Código Tributario arts. 8 bis); caducidad de facultades fiscalizadoras conforme art. 59 CT por exceso de plazo (fiscalización iniciada 16/03/2010, citación 27/10/2011); falta de facultades para inventariar dinero en máquinas conforme art. 60 CT; y tasación incorrecta bajo art. 65 CT sin supuestos procedentes. Cuestiona la metodología de cálculo: extrapolación de prome
Se requiere que el tribunal acoja o rechace el reclamo en contra de las liquidaciones N° 660 a 669 del SII IX Región, anulándolas o confirmándolas según se prueben los defectos alegados en procedimiento y fondo.
Artículos citados:
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Cada fallo del TTA termina con una decisión. El tribunal puede acoger el reclamo del contribuyente (darle la razón), rechazarlo (darle la razón al SII) o acogerlo parcialmente (una decisión mixta).
En el semáforo de cada tribunal o juez usamos esos resultados como una pista de tendencia:
El porcentaje de fallos acogidos es una foto general, útil para comparar tribunales o jueces entre sí. Pero es una aproximación: no refleja si el caso siguió a apelación o casación, si la sentencia quedó firme, si hubo nulidad posterior, ni el peso económico del asunto (un fallo por $1 millón y uno por $1.000 millones pesan igual en el conteo).
Úsala como orientación relativa, no como predictor de tu caso específico.
Para saber qué juez pronunció cada sentencia, leemos automáticamente la firma del PDF (las frases "Pronunciada por…" o "firmado electrónicamente por…"). Esto significa que la suma de fallos que ves por juez puede ser menor que el total del tribunal: no es un error de cálculo, es que algunos fallos aún no pasan por el lector automático.
📊 Funnel transparente: cargando…
Dos motivos principales:
Las cifras por juez son correctas para lo extraído, no completas respecto al universo total del tribunal. Si detectas un juez faltante o mal asignado, escríbenos a hola@normaviva.cl.
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