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Tribunal R. Metropolitana. Primero
SERVICIOS DE IMPUESTOS INTERNOS DIRECCIÓN REGIONAL con CMC S A
Fecha: 03-03-2014 · Materia: Artículo 97 N° 4 del CT
ACOGE Ha Lugar
Tribunal rechaza denuncia del SII contra CMC S.A. por infracción art. 97 N°4 CT por insuficiencia probatoria y falta de acreditación de dolo, dejando sin efecto el acta de denuncia.
El SII denunció a CMC S.A. por registrar 22 facturas ideológicamente falsas del proveedor Claudio Acevedo Nieto por supuestos servicios de transporte, contabilizadas erróneamente como remuneraciones. Se detectó que dichas facturas correspondían en realidad a honorarios de directorio del Gerente General Cristian Fuenzalida Zegers, quien había dejado de emitir boletas cuando comenzaron las facturas cuestionadas. El perjuicio fiscal alegado ascendía a $7.067.124 en IVA y $13.556.456 en Renta. La denunciada no presentó descargos formalmente en el procedimiento.
El Tribunal estableció que los tipos penales del art. 97 N°4 incisos 1° y 2° del CT requieren dolo, esto es, intención maliciosa de defraudar. La carga probatoria corresponde al denunciante (SII) según principios constitucionales de presunción de inocencia y culpabilidad. El SII no acompañó antecedentes probatorios concretos que sustentaran la imputación, solo descripciones del proceso de fiscalización. Sin pruebas que demuestren el obrar malicioso y la utilización de facturas falsas con intención defraudatoria, no se alcanzó el grado de convencimiento requerido en materia infraccional.
Se deja sin efecto el Acta de Denuncia N°01 de 10 de febrero de 2014 por las infracciones descritas en los incisos primero y segundo del art. 97 N°4 del Código Tributario en contra de CMC S.A. RUT 76.829.430-5.
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