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Tribunal de la Araucanía
COMERCIAL TRASANDINA S A con SERVICIO DE IMPUESTOS INTERNOS IX DR TEMUCO
Fecha: 28-10-2011 · Materia: Artículo 97 N° 10 del CT
RECHAZA No Ha Lugar No Ha Lugar
Tribunal confirma multa a Comercial Trasandina por no emitir factura en venta de chatarra, aceptando factura de compra de quien no era agente retenedor de IVA.
Comercial Trasandina S.A. vendió 10.560 kilos de chatarra (maquinaria en desuso) a Fresia Rivera Villalobos el 30 de junio de 2011. En lugar de emitir factura de venta, recibió factura de compra de la compradora, creyendo que esta tenía calidad de agente retenedor. El SII fiscalizó y detectó que Rivera no poseía tal calidad, procediendo a notificar infracción por no emisión de factura. La vendedora alegó que la operación estaba exenta por tratarse de activo fijo depreciado.
El tribunal estableció que la compradora no tenía calidad de agente retenedor, por lo que no aplicaba cambio de sujeto del IVA. Conforme artículos 3, 52 y 53 del DL825 y 88 del Código Tributario, correspondía al vendedor emitir factura. La reclamante debió verificar la condición de agente retenedor en el sitio web del SII. No se acreditó suficientemente que la chatarra vendida fuera el activo fijo depreciado alegado. Aun si la operación fuera exenta, debía emitirse factura conforme artículo 53 letra a) DL825. Se configuró la infracción del artículo 97 N°10 del Código Tributario. No hubo perjui
Rechaza el reclamo. Confirma notificación de infracción N°1122917. Aplica multa de 2 UTM y clausura de 1 día. Sin costas por motivos plausibles para litigar.
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Cada fallo del TTA termina con una decisión. El tribunal puede acoger el reclamo del contribuyente (darle la razón), rechazarlo (darle la razón al SII) o acogerlo parcialmente (una decisión mixta).
En el semáforo de cada tribunal o juez usamos esos resultados como una pista de tendencia:
El porcentaje de fallos acogidos es una foto general, útil para comparar tribunales o jueces entre sí. Pero es una aproximación: no refleja si el caso siguió a apelación o casación, si la sentencia quedó firme, si hubo nulidad posterior, ni el peso económico del asunto (un fallo por $1 millón y uno por $1.000 millones pesan igual en el conteo).
Úsala como orientación relativa, no como predictor de tu caso específico.
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Las cifras por juez son correctas para lo extraído, no completas respecto al universo total del tribunal. Si detectas un juez faltante o mal asignado, escríbenos a hola@normaviva.cl.
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