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Tribunal R. Metropolitana. Cuarto
SERVICIOS INFORMATICOS MOVIX CHILE LIMITADA con SERVICIO DE IMPUESTOS INTERNOS XV DR STGO ORIENTE
Fecha: 17-03-2014 · Materia: Resolución
ACOGE Ha Lugar
Tribunal acoge reclamo de Servicios Informáticos Movix Chile y ordena devolución de $2.621.009 por PPM pagados en exceso año 2011, dejando sin efecto resolución que la denegaba.
Servicios Informáticos Movix Chile Limitada solicitó devolución de $2.621.009 por Pagos Provisionales Mensuales (PPM) pagados en exceso durante año 2011, en Formulario 22 presentado el 9 de mayo de 2011. El SII denegó la devolución mediante Resolución N° 115100000002 de 19 de noviembre de 2012, argumentando errores en declaración de Fondo de Utilidades Tributables y No Tributables, y observaciones sobre información declarada. La contribuyente sostuvo cumplir requisitos del artículo 97 LIR: pagos efectuados y en exceso del impuesto anual a pagar.
El tribunal estimó que el artículo 97 de la LIR otorga tratamiento especial a los PPM como anticipo del impuesto anual, ordenando su devolución sin restricción cuando el monto pagado excede el impuesto a pagar. Aunque la ley no elimina facultades de fiscalización del SII, estas deben ejercerse dentro de plazos legales y no pueden condicionar la devolución automática de PPM. El SII no requirió antecedentes dentro del plazo de 30 días posterior a presentación de declaración ni formuló una determinación de impuesto distinta. Las observaciones sobre FUT no afectan el cálculo de PPM ni base imponib
Se acoge reclamo. Se deja sin efecto Resolución N° 115100000002 de 19 de noviembre 2012. Se libera declaración anual de impuestos 2011 y se ordena devolución de $2.621.009 más reajustes legales. Se condena en costas a la parte reclamada.
Artículos citados:
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Cada fallo del TTA termina con una decisión. El tribunal puede acoger el reclamo del contribuyente (darle la razón), rechazarlo (darle la razón al SII) o acogerlo parcialmente (una decisión mixta).
En el semáforo de cada tribunal o juez usamos esos resultados como una pista de tendencia:
El porcentaje de fallos acogidos es una foto general, útil para comparar tribunales o jueces entre sí. Pero es una aproximación: no refleja si el caso siguió a apelación o casación, si la sentencia quedó firme, si hubo nulidad posterior, ni el peso económico del asunto (un fallo por $1 millón y uno por $1.000 millones pesan igual en el conteo).
Úsala como orientación relativa, no como predictor de tu caso específico.
Para saber qué juez pronunció cada sentencia, leemos automáticamente la firma del PDF (las frases "Pronunciada por…" o "firmado electrónicamente por…"). Esto significa que la suma de fallos que ves por juez puede ser menor que el total del tribunal: no es un error de cálculo, es que algunos fallos aún no pasan por el lector automático.
Funnel transparente: cargando…
Dos motivos principales:
Las cifras por juez son correctas para lo extraído, no completas respecto al universo total del tribunal. Si detectas un juez faltante o mal asignado, escríbenos a hola@normaviva.cl.
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