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Tribunal del Biobio
AGRICOLA FORESTAL Y GANADERA MANANTIALES LTDA. con SERVICIO DE IMPUESTOS INTERNOS VIII DR CONCEPCION
Fecha: 26-03-2014 · Materia: Liquidación
RECHAZA No Ha Lugar
Tribunal rechaza reclamación de empresa agrícola contra liquidación que desestimó gastos de honorarios y financieros por falta de acreditación fehaciente de su necesariedad.
Agrícola Forestal y Ganadera Manantiales Ltda. reclamó contra Liquidación N° 13918 de mayo 2013 que rechazó gastos por honorarios ($6.310.023 pagados a Joaquín Avaría Enrico) y gastos financieros ($27.621.704 por créditos y leasing del Banco Chile). La empresa declaró pérdida de $44.273.384, pero el SII determinó pérdida de $10.342.115 tras rechazar ambas cuentas. La empresa no proporcionó documentación completa en la citación N° 2910 practicada conforme art. 63 del Código Tributario.
El Tribunal estableció que los requisitos para deducir gastos según art. 31 LIR son: que sean necesarios para producir renta, pagados o adeudados durante el ejercicio, acreditados fehacientemente, relacionados directamente con el giro, e inevitables y obligatorios. En cuestión de honorarios, la contribuyente solo aportó 12 boletas mensuales sin documentación que justifique en qué consistieron las asesorías administrativas prestadas. Respecto a gastos financieros, la empresa no explicó razonadamente por qué el crédito y leasing revisten carácter de gasto necesario. El Tribunal aplicó art. 21 CT
Se rechaza íntegramente la reclamación y se confirma la Liquidación N° 13918 del SII. Se condena en costas a la parte reclamante. La Directora Regional debe disponer cumplimiento administrativo del fallo.
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Cada fallo del TTA termina con una decisión. El tribunal puede acoger el reclamo del contribuyente (darle la razón), rechazarlo (darle la razón al SII) o acogerlo parcialmente (una decisión mixta).
En el semáforo de cada tribunal o juez usamos esos resultados como una pista de tendencia:
El porcentaje de fallos acogidos es una foto general, útil para comparar tribunales o jueces entre sí. Pero es una aproximación: no refleja si el caso siguió a apelación o casación, si la sentencia quedó firme, si hubo nulidad posterior, ni el peso económico del asunto (un fallo por $1 millón y uno por $1.000 millones pesan igual en el conteo).
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