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Tribunal del Biobio
INVERSIONES CEMENTO BIO BIO S.A. con SERVICIO DE IMPUESTOS INTERNOS VIII DR CONCEPCION
Fecha: 25-04-2014 · Materia: Liquidación
PARCIAL Ha Lugar en Parte
Tribunal acoge parcialmente reclamo de Inversiones Cementos Bio Bio contra liquidación de renta 2012, rechazando intereses a relacionadas y diferencia de cambio, pero aceptando intereses en moneda nacional por insuficiencia probatoria del SII.
El SII emitió Liquidación n°13010 de abril 2013 rechazando gastos por $893,8 millones: intereses a matriz Cementos Bio Bio ($656,7M), diferencia de cambio por deuda en dólares con Inmobiliaria Cisa ($202M) e intereses en moneda nacional ($35,1M). El reclamante acreditó mediante reconocimientos de deuda, contrato de cash pooling, contratos de compraventa de inmuebles y acciones que los fondos fueron destinados a generar rentas de primera categoría.
El tribunal rechazó los intereses a relacionadas por falta de acreditación de la deuda original: los reconocimientos de deuda datan de más de diez años después del supuesto origen de las obligaciones, carecen de tasa de interés fija y son instrumentos privados insuficientes. Respecto de la diferencia de cambio, señaló que la deuda contraída el 15 julio 2011 no existía al 31 diciembre 2011 (fecha del balance) y además fue inmediatamente compensada con la venta de acciones, por lo que no generó rentas. En cuanto a intereses en moneda nacional, el tribunal estimó suficientemente acreditados media
Se acoge parcialmente la reclamación: se rechaza el rechazo de intereses en moneda nacional ($35,1M), confirmándose los demás rechazos de gastos. Se modifica la Resolución Exenta n°3215 de devolución de PPUA solo por efecto de la reliquidación parcial. Se condena en costas.
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Cada fallo del TTA termina con una decisión. El tribunal puede acoger el reclamo del contribuyente (darle la razón), rechazarlo (darle la razón al SII) o acogerlo parcialmente (una decisión mixta).
En el semáforo de cada tribunal o juez usamos esos resultados como una pista de tendencia:
El porcentaje de fallos acogidos es una foto general, útil para comparar tribunales o jueces entre sí. Pero es una aproximación: no refleja si el caso siguió a apelación o casación, si la sentencia quedó firme, si hubo nulidad posterior, ni el peso económico del asunto (un fallo por $1 millón y uno por $1.000 millones pesan igual en el conteo).
Úsala como orientación relativa, no como predictor de tu caso específico.
Para saber qué juez pronunció cada sentencia, leemos automáticamente la firma del PDF (las frases "Pronunciada por…" o "firmado electrónicamente por…"). Esto significa que la suma de fallos que ves por juez puede ser menor que el total del tribunal: no es un error de cálculo, es que algunos fallos aún no pasan por el lector automático.
Funnel transparente: cargando…
Dos motivos principales:
Las cifras por juez son correctas para lo extraído, no completas respecto al universo total del tribunal. Si detectas un juez faltante o mal asignado, escríbenos a hola@normaviva.cl.
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