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Tribunal de la Araucanía
HIRIART LABADIE con SERVICIO DE IMPUESTOS INTERNOS IX DR TEMUCO
Fecha: 06-08-2014 · Materia: Liquidación
ACOGE Ha Lugar
Se acoge reclamo por prescripción de liquidación de impuestos de 1ª categoría y global complementario del año 2006, anulando la liquidación emitida fuera del plazo legal.
Contribuyente Bernardo Hiriart Labadie fue citado mediante carta certificada de enero 2012 a justificar origen de fondos usados en compra de bien raíz por $63.000.000 en diciembre 2005. El SII emitió liquidación por $14.441.014 por diferencias de impuestos del año 2006, argumentando que no presentó declaración de renta. La liquidación fue notificada por cédula el 6 de abril 2013. El reclamante alegó que los fondos provenían de venta de maderas de la Sucesión Hiriart en agosto 2005 por $121.991.220, cuya renta ya había sido declarada.
El tribunal analiza que la prescripción ordinaria de la acción fiscalizadora es de 3 años desde el vencimiento del plazo de declaración (30 de abril 2006). El artículo 200 del Código Tributario permite ampliar a 6 años solo cuando no se presenta declaración o esta es maliciosamente falsa, pero exige fundación suficiente. El tribunal concluye que el SII no acreditó debidamente que el contribuyente estaba obligado a presentar declaración independiente, presuntamente basándose en el artículo 70 (presunción de renta) sin elementos de convicción suficientes. Además, la notificación se efectuó 6 año
Se acoge el reclamo declarando la prescripción de la liquidación N° 0120600187 y dejándola sin efecto. Se condena en costas al SII por carecer de motivos plausibles para litigar, al defender un acto notoriamente prescrito.
Artículos citados:
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Cada fallo del TTA termina con una decisión. El tribunal puede acoger el reclamo del contribuyente (darle la razón), rechazarlo (darle la razón al SII) o acogerlo parcialmente (una decisión mixta).
En el semáforo de cada tribunal o juez usamos esos resultados como una pista de tendencia:
El porcentaje de fallos acogidos es una foto general, útil para comparar tribunales o jueces entre sí. Pero es una aproximación: no refleja si el caso siguió a apelación o casación, si la sentencia quedó firme, si hubo nulidad posterior, ni el peso económico del asunto (un fallo por $1 millón y uno por $1.000 millones pesan igual en el conteo).
Úsala como orientación relativa, no como predictor de tu caso específico.
Para saber qué juez pronunció cada sentencia, leemos automáticamente la firma del PDF (las frases "Pronunciada por…" o "firmado electrónicamente por…"). Esto significa que la suma de fallos que ves por juez puede ser menor que el total del tribunal: no es un error de cálculo, es que algunos fallos aún no pasan por el lector automático.
Funnel transparente: cargando…
Dos motivos principales:
Las cifras por juez son correctas para lo extraído, no completas respecto al universo total del tribunal. Si detectas un juez faltante o mal asignado, escríbenos a hola@normaviva.cl.
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