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Tribunal R. Metropolitana. Tercero
MARIPAN YAÑEZ con SERVICIO DE IMPUESTOS INTERNOS XVI DR SANTIAGO SUR
Fecha: 11-08-2014 · Materia: Giro
ACOGE
Se acoge reclamo contra giro de multa por infracción tributaria, anulándose por error involuntario del SII al desconocer reclamación previa de la contribuyente.
Gladys Maripán Yáñez, fabricante de artículos de fibra de vidrio, fue notificada el 16.05.2014 de infracción por no emisión de boleta/factura. Presentó reclamo ante el Tribunal el 13.05.2014. El SII emitió el 11.06.2014 la Resolución SR N° 77-2014 con multa de $5.046.240 y clausura de 6 días, además del giro correspondiente. El SII notificó ambos actos el 19.06.2014, después de enterarse del reclamo el 16.06.2014 mediante traslado del Tribunal.
El Tribunal constata que existía vacío legal respecto a cómo el SII se entera de reclamaciones ante el Tribunal, siendo notificado solo al conferirse traslado. El artículo 165 N° 3 del Código Tributario faculta al SII a resolver infracciones administrativamente cuando no hay reclamo. Sin embargo, al momento de la notificación del giro el 19.06.2014, el SII ya estaba impedido de girar porque conocía de la reclamación desde el 16.06.2014. El SII reconoce error involuntario al desconocer la reclamación al emitir el giro, lo que constituye motivo plausible para litigar. Desaparece la controversia.
Se acoge el reclamo. Se deja sin efecto el Giro Folio N° 106025495 de 11.06.2014. No se condena en costas a la parte vencida por tener motivos plausibles para litigar.
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Cada fallo del TTA termina con una decisión. El tribunal puede acoger el reclamo del contribuyente (darle la razón), rechazarlo (darle la razón al SII) o acogerlo parcialmente (una decisión mixta).
En el semáforo de cada tribunal o juez usamos esos resultados como una pista de tendencia:
El porcentaje de fallos acogidos es una foto general, útil para comparar tribunales o jueces entre sí. Pero es una aproximación: no refleja si el caso siguió a apelación o casación, si la sentencia quedó firme, si hubo nulidad posterior, ni el peso económico del asunto (un fallo por $1 millón y uno por $1.000 millones pesan igual en el conteo).
Úsala como orientación relativa, no como predictor de tu caso específico.
Para saber qué juez pronunció cada sentencia, leemos automáticamente la firma del PDF (las frases "Pronunciada por…" o "firmado electrónicamente por…"). Esto significa que la suma de fallos que ves por juez puede ser menor que el total del tribunal: no es un error de cálculo, es que algunos fallos aún no pasan por el lector automático.
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Dos motivos principales:
Las cifras por juez son correctas para lo extraído, no completas respecto al universo total del tribunal. Si detectas un juez faltante o mal asignado, escríbenos a hola@normaviva.cl.
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