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Tribunal de la Araucanía
Agricola Paumac Limitada con SERVICIO DE IMPUESTOS INTERNOS IX DR TEMUCO
Fecha: 14-08-2014 · Materia: Resolución
RECHAZA No Ha Lugar
Tribunal rechaza devolución de $5.100.000 por pagos provisionales de utilidades absorbidas, por falta de acreditación de pérdida tributaria y pago efectivo del impuesto de primera categoría.
Agrícola Paumac Limitada solicitó devolución de $5.100.000 por pagos provisionales de utilidades absorbidas en declaración de renta año tributario 2012. El SII denegó la devolución mediante Resolución Exenta N° 2291 de 25 de abril de 2013, argumentando falta de documentación de respaldo. La contribuyente alegó que los créditos provenían de reinversión de $30.000.000 retirados de otra empresa, justificando con declaración jurada N° 1821 presentada tardíamente el 24 de mayo de 2013, cuando el plazo había vencido el 26 de marzo de 2012.
El Tribunal analizó si concurrían los presupuestos legales para la devolución: existencia de pérdida tributaria acreditada y pago efectivo del impuesto de primera categoría sobre utilidades absorbidas. Concluyó que la contribuyente no acreditó la pérdida declarada de $64.818.567 mediante documentación fidedigna durante la fase de revisión ni ante el Tribunal, limitándose a presentar balances sin contratos, comprobantes o documentación tributaria que respaldara los gastos. Asimismo, no demostró el pago efectivo del impuesto de primera categoría de las utilidades reinvertidas. Aplicó artículo 21
Se rechaza reclamo y se confirma Resolución Exenta N° 2291 que deniega devolución de $5.100.000 por falta de acreditación de pérdida tributaria y pago del impuesto. Se condena en costas a la reclamada por falta de motivos plausibles para litigar.
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Cada fallo del TTA termina con una decisión. El tribunal puede acoger el reclamo del contribuyente (darle la razón), rechazarlo (darle la razón al SII) o acogerlo parcialmente (una decisión mixta).
En el semáforo de cada tribunal o juez usamos esos resultados como una pista de tendencia:
El porcentaje de fallos acogidos es una foto general, útil para comparar tribunales o jueces entre sí. Pero es una aproximación: no refleja si el caso siguió a apelación o casación, si la sentencia quedó firme, si hubo nulidad posterior, ni el peso económico del asunto (un fallo por $1 millón y uno por $1.000 millones pesan igual en el conteo).
Úsala como orientación relativa, no como predictor de tu caso específico.
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