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Tribunal de la Araucanía
GONZÁLEZ MONRAS con SERVICIO DE IMPUESTOS INTERNOS DIRECCION REGIONAL TEMUCO
Fecha: 29-09-2023 · Materia: Resolución
RECHAZA Confirmatorio No Ha Lugar
Tribunal rechaza reclamo de contribuyente contra denegación de devolución de saldo a favor por $2.815.823 del año 2019, debido a observaciones no aclaradas en créditos de primera categoría y incumplimiento de plazos de presentación.
González Monras solicitó devolución de saldo a favor de $2.815.823 en su declaración de renta 2019, incorporando crédito de primera categoría de $8.325.806 proveniente de Sociedad Automotriz G&C Limitada. El SII denegó la devolución mediante Resolución 290235378 de abril 2022, invocando observaciones F117 y F123 relacionadas con declaración jurada 1923 observada de la sociedad distribuidora. Dicha sociedad presentó declaración rectificatoria el 1 de mayo 2019 (después del 30 de abril) que modificó montos de renta atribuida y créditos.
El tribunal constata que la devolución se sustenta en declaración jurada rectificada de tercero (Sociedad Automotriz G&C Limitada) sin documentación que respalde los cambios efectuados. Advierte que González Monras no presentó antecedentes durante fiscalización para aclarar observaciones formuladas por el SII. Considera que la sociedad incurrió en error al aplicar franquicia sin cumplir requisito de presentación en plazo legal (debió presentar el 30 de abril con pago, presentó el 1 de mayo). El tribunal estima que contribuyente medianamente diligente debió gestionar aclaración entre mayo 2019
No ha lugar al reclamo. Se confirma Resolución 290235378 que declara improcedente la devolución de $2.815.823. Se rechaza condena en costas estimando que reclamante tuvo motivos plausibles para litigar.
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Cada fallo del TTA termina con una decisión. El tribunal puede acoger el reclamo del contribuyente (darle la razón), rechazarlo (darle la razón al SII) o acogerlo parcialmente (una decisión mixta).
En el semáforo de cada tribunal o juez usamos esos resultados como una pista de tendencia:
El porcentaje de fallos acogidos es una foto general, útil para comparar tribunales o jueces entre sí. Pero es una aproximación: no refleja si el caso siguió a apelación o casación, si la sentencia quedó firme, si hubo nulidad posterior, ni el peso económico del asunto (un fallo por $1 millón y uno por $1.000 millones pesan igual en el conteo).
Úsala como orientación relativa, no como predictor de tu caso específico.
Para saber qué juez pronunció cada sentencia, leemos automáticamente la firma del PDF (las frases "Pronunciada por…" o "firmado electrónicamente por…"). Esto significa que la suma de fallos que ves por juez puede ser menor que el total del tribunal: no es un error de cálculo, es que algunos fallos aún no pasan por el lector automático.
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Dos motivos principales:
Las cifras por juez son correctas para lo extraído, no completas respecto al universo total del tribunal. Si detectas un juez faltante o mal asignado, escríbenos a hola@normaviva.cl.
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