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Tribunal del Biobio
TRANSPORTES VARGAS BENNET S.A. con SERVICIO DE IMPUESTOS INTERNOS VIII DR CONCEPCION
Fecha: 14-10-2014 · Materia: Liquidación · Juez: Anselmo Iván Cifuentes Ormeño
PARCIAL Ha Lugar en Parte
Rechazo de reclamación contra liquidaciones de IVA por errores de suma y transcripción. El tribunal confirma que el SII no prescindió de los antecedentes al detectar errores en documentos contables, sino que se basó en ellos para liquidar.
Transportes Vargas Benett S.A. fue fiscalizada por el SII VIII Región. Se emitieron liquidaciones números 370 a 377 de octubre 2013 por diferencias de IVA, detectadas por errores de suma y transcripción en formularios 29 de diversos períodos (abril 2010 a marzo 2013). La contribuyente no respondió a citación de fiscalización. Reclamó argumentando prescripción de liquidación 370, incumplimiento del artículo 21 CT por no declarar antecedentes como no fidedignos, y falta de redeterminación del fondo de utilidades tributables.
El tribunal rechaza el argumento sobre prescripción de artículo 21 CT, definiendo que "prescindir" significa no tomar en cuenta los antecedentes por considerarlos no fidedignos. Dado que el SII basó sus liquidaciones exactamente en el contenido de los documentos presentados para detectar errores de suma y transcripción, no prescindió de ellos sino que los consideró plenamente. La norma requiere que solo si se liquida impuesto distinto al que emana de esos antecedentes podría prescindirse de ellos. La contribuyente no probó que los errores detectados fueran inexactos ni acompañó libros de conta
Se rechaza la reclamación en su totalidad. Se deja fuera de pronunciamiento la liquidación 370 por caducidad. Las liquidaciones 371 a 377 se mantienen íntegras. Se condena en costas al reclamante.
Artículos citados:
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Cada fallo del TTA termina con una decisión. El tribunal puede acoger el reclamo del contribuyente (darle la razón), rechazarlo (darle la razón al SII) o acogerlo parcialmente (una decisión mixta).
En el semáforo de cada tribunal o juez usamos esos resultados como una pista de tendencia:
El porcentaje de fallos acogidos es una foto general, útil para comparar tribunales o jueces entre sí. Pero es una aproximación: no refleja si el caso siguió a apelación o casación, si la sentencia quedó firme, si hubo nulidad posterior, ni el peso económico del asunto (un fallo por $1 millón y uno por $1.000 millones pesan igual en el conteo).
Úsala como orientación relativa, no como predictor de tu caso específico.
Para saber qué juez pronunció cada sentencia, leemos automáticamente la firma del PDF (las frases "Pronunciada por…" o "firmado electrónicamente por…"). Esto significa que la suma de fallos que ves por juez puede ser menor que el total del tribunal: no es un error de cálculo, es que algunos fallos aún no pasan por el lector automático.
Funnel transparente: cargando…
Dos motivos principales:
Las cifras por juez son correctas para lo extraído, no completas respecto al universo total del tribunal. Si detectas un juez faltante o mal asignado, escríbenos a hola@normaviva.cl.
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