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Tribunal de los Lagos
FERIA GANADEROS OSORNO S.A con SII-DIRECCIÓN REGIONAL PUERTO MONTT
Fecha: 14-11-2014 · Materia: Resolución · Juez: Christian Marcel Allen Rojas
PARCIAL Ha Lugar en Parte
Tribunal acoge parcialmente reclamo tributario contra resolución que rechazó pérdida declarada por Lácteos Frutillar (hoy Feria Ganaderos Osorno) para AT 2010, validando depreciación y gastos por crisis sanitaria de 2009.
Lácteos Frutillar S.A. (fusionada en 2012 con Feria Osorno Ltda., pasando a denominarse Feria Ganaderos Osorno S.A.) declaró pérdida tributaria de $8.382.636.048 en AT 2010. En febrero-marzo 2009, el SAG detectó contaminación por Listeria Monocytógenes en quesos, generando crisis sanitaria que paralizó la producción. El SII, mediante Resolución Exenta N° 588140750513 (abril 2013), rechazó gastos por $856.303.652, incluyendo depreciación de $610.668.134. La empresa presentó múltiples antecedentes documentales durante la fiscalización entre 2011 y 2012.
El Tribunal analiza si la depreciación requiere correlación ingresos-gastos en el mismo período. Aunque el SII exige que el bien esté en funcionamiento permanente, la jurisprudencia y la ley (art. 31 N° 5 LIR) no establecen este requisito copulativo. La depreciación se devenga desde la utilización del bien, independientemente de su productividad en el período. Los gastos relacionados con la paralización (venta de productos, destrucción de mantequilla) están debidamente acreditados documentalmente. La falta de motivación en la Resolución respecto a qué documentos específicos faltaban vulneró el
Se acoge el reclamo tributario y se deja sin efecto la Resolución Exenta N° 588140750513, manteniéndose la pérdida tributaria declarada de $8.382.636.048 para el año comercial 2009 correspondiente a la Declaración de Impuesto a la Renta del AT 2010, con condenación en costas al SII.
Artículos citados:
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Cada fallo del TTA termina con una decisión. El tribunal puede acoger el reclamo del contribuyente (darle la razón), rechazarlo (darle la razón al SII) o acogerlo parcialmente (una decisión mixta).
En el semáforo de cada tribunal o juez usamos esos resultados como una pista de tendencia:
El porcentaje de fallos acogidos es una foto general, útil para comparar tribunales o jueces entre sí. Pero es una aproximación: no refleja si el caso siguió a apelación o casación, si la sentencia quedó firme, si hubo nulidad posterior, ni el peso económico del asunto (un fallo por $1 millón y uno por $1.000 millones pesan igual en el conteo).
Úsala como orientación relativa, no como predictor de tu caso específico.
Para saber qué juez pronunció cada sentencia, leemos automáticamente la firma del PDF (las frases "Pronunciada por…" o "firmado electrónicamente por…"). Esto significa que la suma de fallos que ves por juez puede ser menor que el total del tribunal: no es un error de cálculo, es que algunos fallos aún no pasan por el lector automático.
Funnel transparente: cargando…
Dos motivos principales:
Las cifras por juez son correctas para lo extraído, no completas respecto al universo total del tribunal. Si detectas un juez faltante o mal asignado, escríbenos a hola@normaviva.cl.
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