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Tribunal R. Metropolitana. Primero
SERVICIOS DE IMPUESTOS INTERNOS DIRECCIÓN REGIONAL con QUINTANILLA MEZA Y JORQUERA
Fecha: 27-11-2014 · Materia: Artículo 97 N° 4 del CT
RECHAZA No Ha Lugar
Tribunal condena a contribuyente por utilizar 11 facturas ideológicamente falsas para aumentar crédito fiscal IVA y reducir base imponible de Impuesto a la Renta, causando perjuicio fiscal de $43.124.021.
Entre junio 2010 y mayo 2013, la contribuyente QUINTANILLA MEZA Y JORQUERA LIMITADA registró 11 facturas ideológicamente falsas de dos proveedores: Susan Ivon Concha García (5 facturas) y Pablo Andrés Donaire Cancino (6 facturas). Ambos proveedores declararon bajo juramento no haber realizado operaciones de venta y haber ganado dinero por traspasar facturas falsas. La contribuyente incluyó estas facturas en su contabilidad, utilizó el crédito fiscal IVA en formularios 29, y dedujo costos inexistentes para disminuir su base imponible de Impuesto de Primera Categoría.
El tribunal constató que la conducta fue dolosa e intencional. Las facturas carecían de operaciones reales y fueron utilizadas sistemáticamente para obtener crédito fiscal indebido que se tradujo en menor pago de impuestos. Las declaraciones juradas de los supuestos proveedores acreditaron que nunca realizaron ventas. La contabilización de estas facturas falsas, su registro en libros y utilización para defraudar constituye conducta maliciosa y típicamente antijurídica. El perjuicio fiscal total ascendió a $43.124.021 ($20.856.650 en IVA y $22.267.371 en Impuesto de Primera Categoría).
Se acogió el acta de denuncia y se condenó al contribuyente por infracciones al artículo 97 N°4 inciso 1° y 2° del Código Tributario. Se impuso multa de $43.124.021 (100% del perjuicio), ordenándose su cobro mediante giro por la Dirección Regional del SII.
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Cada fallo del TTA termina con una decisión. El tribunal puede acoger el reclamo del contribuyente (darle la razón), rechazarlo (darle la razón al SII) o acogerlo parcialmente (una decisión mixta).
En el semáforo de cada tribunal o juez usamos esos resultados como una pista de tendencia:
El porcentaje de fallos acogidos es una foto general, útil para comparar tribunales o jueces entre sí. Pero es una aproximación: no refleja si el caso siguió a apelación o casación, si la sentencia quedó firme, si hubo nulidad posterior, ni el peso económico del asunto (un fallo por $1 millón y uno por $1.000 millones pesan igual en el conteo).
Úsala como orientación relativa, no como predictor de tu caso específico.
Para saber qué juez pronunció cada sentencia, leemos automáticamente la firma del PDF (las frases "Pronunciada por…" o "firmado electrónicamente por…"). Esto significa que la suma de fallos que ves por juez puede ser menor que el total del tribunal: no es un error de cálculo, es que algunos fallos aún no pasan por el lector automático.
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Dos motivos principales:
Las cifras por juez son correctas para lo extraído, no completas respecto al universo total del tribunal. Si detectas un juez faltante o mal asignado, escríbenos a hola@normaviva.cl.
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