Selecciona una ley y un artículo para ver su texto vigente.
Tribunal de la Araucanía
CAYUMAN SANHUEZA con SERVICIO DE IMPUESTOS INTERNOS IX DR TEMUCO
Fecha: 28-11-2014 · Materia: Artículo 97 N° 10 del CT
ACOGE Ha Lugar
Se acoge reclamación contra infracción por no emisión de boleta. El tribunal constata que existe boleta emitida por el monto infraccionado, desvirtuando la imputación del SII.
El 29 de agosto de 2014, funcionarios del SII fiscalizaron el minimarket del contribuyente Ismael Cayumán Sanhueza. Encontraron un cuaderno de anotaciones de ventas no timbrado sobre el mesón. Al cotejar este cuaderno con el talonario de boletas, constataron operaciones por $2.290 sin boleta aparente. La encargada reconoció la infracción. El contribuyente fue notificado con la infracción N°1238292 por no otorgar boleta. En su defensa, presentó fotocopia de la boleta N°31522 de igual fecha y monto.
El tribunal aplica la sana crítica en lugar de prueba tasada. Establece que la carga probatoria corresponde al SII para desvirtuar la presunción de inocencia del contribuyente. El acta de ministro de fe del fiscalizador no es prueba concluyente en procedimiento tributario. La boleta N°31522 efectivamente existe en el talonario del contribuyente, ubicada antes del corte documental practicado por el SII. Los testigos del SII no pudieron explicar por qué no vieron esta boleta disponible en la fecha de fiscalización. La defensa presentó prueba documental clara que acredita la emisión del documento
Se acoge la reclamación interpuesta. Se deja sin efecto la notificación de infracción N°1238292 del 29 de agosto de 2014. No se condena en costas al SII por haber asumido el contribuyente su propia defensa.
Artículos citados:
Selecciona una ley y un artículo para ver su texto vigente.
Busca, analiza y chatea con todos los fallos de los Tribunales Tributarios y Aduaneros de Chile.
Cada fallo del TTA termina con una decisión. El tribunal puede acoger el reclamo del contribuyente (darle la razón), rechazarlo (darle la razón al SII) o acogerlo parcialmente (una decisión mixta).
En el semáforo de cada tribunal o juez usamos esos resultados como una pista de tendencia:
El porcentaje de fallos acogidos es una foto general, útil para comparar tribunales o jueces entre sí. Pero es una aproximación: no refleja si el caso siguió a apelación o casación, si la sentencia quedó firme, si hubo nulidad posterior, ni el peso económico del asunto (un fallo por $1 millón y uno por $1.000 millones pesan igual en el conteo).
Úsala como orientación relativa, no como predictor de tu caso específico.
Para saber qué juez pronunció cada sentencia, leemos automáticamente la firma del PDF (las frases "Pronunciada por…" o "firmado electrónicamente por…"). Esto significa que la suma de fallos que ves por juez puede ser menor que el total del tribunal: no es un error de cálculo, es que algunos fallos aún no pasan por el lector automático.
📊 Funnel transparente: cargando…
Dos motivos principales:
Las cifras por juez son correctas para lo extraído, no completas respecto al universo total del tribunal. Si detectas un juez faltante o mal asignado, escríbenos a hola@normaviva.cl.
Selecciona Oficios, Circulares o Resoluciones en la barra lateral y luego un documento para ver su contenido completo.
Cubre 4.031 oficios + 830 circulares + 1.687 resoluciones del SII (2013-2026). Filtra por año o busca en materia, criterio y texto completo.