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Tribunal de Valparaiso
CAIMI CORP S.A. con SERVICIO DE IMPUESTOS INTERNOS V DR VALPARAISO
Fecha: 26-02-2015 · Materia: Liquidación · Juez: Francisco Javier Orellana Rivera
RECHAZA No Ha Lugar
Se rechaza reclamo de CAIMI CORP S.A. contra liquidación del SII que rechaza pérdida de $461.250.000 por venta de acciones en $45.000 a precio de $0,0001 por acción, por insuficiente justificación conforme artículo 31 LIR.
CAIMI CORP S.A. vendió el 28 de febrero de 2011 a SANTA MARGHERITA LIGURE S.A. 450.000.000 acciones de NOVELDISEÑOS S.A. en precio total de $45.000 (valor $0,0001 por acción). Las acciones estaban activadas en $461.250.000. La empresa solicitó devolución de $72.792.575 por PPUA del AT 2012, basada en la pérdida de $461.250.000 originada en esa enajenación. El SII cuestionó la pérdida mediante Liquidación N°65, considerando que no se justificó conforme al artículo 31 LIR, comparando con otra venta de 225.000.000 acciones de la misma empresa en $250.000.000 (promesa octubre 2009, ejecutada mayo
El tribunal establece que pesa sobre la reclamante (conforme artículo 21 CT) la carga de probar por medios legales la efectividad del valor de mercado alegado. La reclamante aportó diversos antecedentes (contratos, balances de NOVELDISEÑOS S.A. de 2009-2012) pero sin indicar método de cálculo fehaciente ni verificable para el precio de $0,0001 por acción. Los cuadros financieros presentados ($0,786 en 2009, $0,333 en 2010, $0,126 en 2011, $0,205 en 2012) no coinciden con el valor pretendido. La testimonial rendida fue insuficiente por falta de antecedentes técnicos precisos. El tribunal nota q
Rechazo de reclamo. Se mantiene a firme la Liquidación N°65 del SII. Se condena en costas a la reclamante vencida. El SII debe remitir copia de giros de impuestos, intereses y multas con constancia de notificación.
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Cada fallo del TTA termina con una decisión. El tribunal puede acoger el reclamo del contribuyente (darle la razón), rechazarlo (darle la razón al SII) o acogerlo parcialmente (una decisión mixta).
En el semáforo de cada tribunal o juez usamos esos resultados como una pista de tendencia:
El porcentaje de fallos acogidos es una foto general, útil para comparar tribunales o jueces entre sí. Pero es una aproximación: no refleja si el caso siguió a apelación o casación, si la sentencia quedó firme, si hubo nulidad posterior, ni el peso económico del asunto (un fallo por $1 millón y uno por $1.000 millones pesan igual en el conteo).
Úsala como orientación relativa, no como predictor de tu caso específico.
Para saber qué juez pronunció cada sentencia, leemos automáticamente la firma del PDF (las frases "Pronunciada por…" o "firmado electrónicamente por…"). Esto significa que la suma de fallos que ves por juez puede ser menor que el total del tribunal: no es un error de cálculo, es que algunos fallos aún no pasan por el lector automático.
Funnel transparente: cargando…
Dos motivos principales:
Las cifras por juez son correctas para lo extraído, no completas respecto al universo total del tribunal. Si detectas un juez faltante o mal asignado, escríbenos a hola@normaviva.cl.
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