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Tribunal de Valparaiso
APLIK S.A. con SERVICIO DE IMPUESTOS INTERNOS V DR VALPARAISO
Fecha: 12-03-2015 · Materia: Liquidación · Juez: Francisco Javier Orellana Rivera
RECHAZA No Ha Lugar
Tribunal rechaza reclamo de APLIK S.A. contra liquidación por no cumplir requisito del art. 14 quáter LIR: poseía derechos sociales en otra sociedad, lo que la excluye de exención de Primera Categoría.
APLIK S.A., empresa de asesorías y tecnología aplicada, fue fiscalizada por el SII respecto del año 2013. El SII determinó diferencias de impuesto a la renta de primera categoría alegando que la reclamante no cumplía los requisitos del artículo 14 quáter de la LIR para acogerse a la exención del artículo 40 N°7, toda vez que poseía el 99% de los derechos sociales en la Sociedad Investigación Científica y Tecnológica Limitada. La reclamante argumentó que la norma exigía poseer Y explotar copulativamente tales derechos, y que había terminado el giro de esa sociedad el 31 de diciembre de 2008, si
El tribunal aplicó las reglas de hermenéutica legal del Código Civil, determinando que cuando el sentido de la ley es claro debe atenderse su tenor literal. Analizó que el requisito del art. 14 quáter letra b) LIR es de carácter imperativo: el contribuyente no debe poseer NI explotar derechos sociales. Concluyó que estas circunstancias son enumerativas y disyuntivas, no copulativas, bastando la posesión O explotación para quedar excluido del régimen. Aceptar la interpretación reclamante significaría excluir solo a quienes cumplieran TODAS las hipótesis, lo que es manifiestamente improcedente.
Se rechaza el reclamo y se mantiene a firme la liquidación N°5 del SII. Se condena en costas a la reclamante vencida.
Artículos citados:
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Cada fallo del TTA termina con una decisión. El tribunal puede acoger el reclamo del contribuyente (darle la razón), rechazarlo (darle la razón al SII) o acogerlo parcialmente (una decisión mixta).
En el semáforo de cada tribunal o juez usamos esos resultados como una pista de tendencia:
El porcentaje de fallos acogidos es una foto general, útil para comparar tribunales o jueces entre sí. Pero es una aproximación: no refleja si el caso siguió a apelación o casación, si la sentencia quedó firme, si hubo nulidad posterior, ni el peso económico del asunto (un fallo por $1 millón y uno por $1.000 millones pesan igual en el conteo).
Úsala como orientación relativa, no como predictor de tu caso específico.
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