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Tribunal R. Metropolitana. Cuarto
CIENTEC INTEGRACION SA con SERVICIO DE IMPUESTOS INTERNOS XV DR STGO ORIENTE
Fecha: 30-09-2015 · Materia: Resolución
PARCIAL Ha Lugar en Parte No Ha Lugar
Se rechaza reclamación tributaria por devolución de PPUA del AT 2012. Cientec Integración no aportó antecedentes requeridos durante fiscalización, reconociendo errores involuntarios en sus declaraciones.
Cientec Integración S.A. presentó declaración de renta AT 2012 solicitando devolución de PPUA por $256.926. El SII remitió notificación el 21 de junio de 2012 requiriendo acreditación de la devolución con citación para el 20 de julio 2012. La empresa concurrió a varias citaciones con prórrogas sucesivas hasta octubre de 2012, alegando existencia de reclamación tributaria pendiente del AT 2011. Sin embargo, no presentó la documentación requerida. El 19 de noviembre de 2012, el SII dictó resolución denegando la devolución por falta de antecedentes. La empresa reclamó señalando haber concurrido a
El Tribunal establece como acreditado que la reclamante concurrió a las dependencias del SII en múltiples oportunidades pero no aportó los antecedentes contables y tributarios requeridos para verificar la exactitud de su declaración. Aunque alega que la existencia de proceso judicial por AT 2011 le impidió cumplir, el Código Tributario garantiza presentar antecedentes durante fiscalización. La reclamante reconoce expresamente errores involuntarios en sus declaraciones de los AT 2009, 2010, 2011 y 2012, incluso reduciendo el monto reclamado de $256.926 a $250.880. La resolución impugnada es con
Se rechaza íntegramente el reclamo y se confirma la Resolución Exenta N° 11500000619 del SII de 19 de noviembre de 2012. Se condena en costas a la reclamante por haber sido totalmente vencida y carecer de motivo plausible para litigar.
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Cada fallo del TTA termina con una decisión. El tribunal puede acoger el reclamo del contribuyente (darle la razón), rechazarlo (darle la razón al SII) o acogerlo parcialmente (una decisión mixta).
En el semáforo de cada tribunal o juez usamos esos resultados como una pista de tendencia:
El porcentaje de fallos acogidos es una foto general, útil para comparar tribunales o jueces entre sí. Pero es una aproximación: no refleja si el caso siguió a apelación o casación, si la sentencia quedó firme, si hubo nulidad posterior, ni el peso económico del asunto (un fallo por $1 millón y uno por $1.000 millones pesan igual en el conteo).
Úsala como orientación relativa, no como predictor de tu caso específico.
Para saber qué juez pronunció cada sentencia, leemos automáticamente la firma del PDF (las frases "Pronunciada por…" o "firmado electrónicamente por…"). Esto significa que la suma de fallos que ves por juez puede ser menor que el total del tribunal: no es un error de cálculo, es que algunos fallos aún no pasan por el lector automático.
📊 Funnel transparente: cargando…
Dos motivos principales:
Las cifras por juez son correctas para lo extraído, no completas respecto al universo total del tribunal. Si detectas un juez faltante o mal asignado, escríbenos a hola@normaviva.cl.
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