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Tribunal R. Metropolitana. Cuarto
ASESORIAS E INVERSIONES SAN CRISTOBAL SA con SERVICIO DE IMPUESTOS INTERNOS XV DR STGO ORIENTE
Fecha: 13-10-2015 · Materia: Resolución · Juez: Miguel Andrés Massone Pardo
RECHAZA No Ha Lugar
Se rechaza por extemporáneo el escrito presentado por la reclamante al no acreditar notificación de la sentencia previa.
La reclamante Asesorías e Inversiones San Cristóbal S.A. presenta un escrito de fojas 116 en contra de una sentencia dictada por el SII el 23 de septiembre de 2015, agregada a fojas 107. La reclamante no adjunta antecedente alguno que acredite haber sido notificada de dicha sentencia.
El tribunal constata que la reclamante no ha proporcionado documentación que pruebe la notificación de la sentencia de fecha 23 de septiembre de 2015. Conforme a lo dispuesto en los artículos 11 inciso 5° y 139 del Código Tributario, la presentación extemporánea de un escrito de reclamación impide su conocimiento por el tribunal, toda vez que no se cumplen los requisitos procedimentales básicos de notificación previa.
Se rechaza por extemporáneo el escrito presentado, no habiendo lugar a su tramitación. Se notifica mediante publicación en sitio de Internet del Tribunal y correos electrónicos registrados.
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Cada fallo del TTA termina con una decisión. El tribunal puede acoger el reclamo del contribuyente (darle la razón), rechazarlo (darle la razón al SII) o acogerlo parcialmente (una decisión mixta).
En el semáforo de cada tribunal o juez usamos esos resultados como una pista de tendencia:
El porcentaje de fallos acogidos es una foto general, útil para comparar tribunales o jueces entre sí. Pero es una aproximación: no refleja si el caso siguió a apelación o casación, si la sentencia quedó firme, si hubo nulidad posterior, ni el peso económico del asunto (un fallo por $1 millón y uno por $1.000 millones pesan igual en el conteo).
Úsala como orientación relativa, no como predictor de tu caso específico.
Para saber qué juez pronunció cada sentencia, leemos automáticamente la firma del PDF (las frases "Pronunciada por…" o "firmado electrónicamente por…"). Esto significa que la suma de fallos que ves por juez puede ser menor que el total del tribunal: no es un error de cálculo, es que algunos fallos aún no pasan por el lector automático.
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Las cifras por juez son correctas para lo extraído, no completas respecto al universo total del tribunal. Si detectas un juez faltante o mal asignado, escríbenos a hola@normaviva.cl.
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