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Tribunal del Biobio
SANDOVAL ALLER con SERVICIO DE IMPUESTOS INTERNOS VIII DR CONCEPCION
Fecha: 18-11-2015 · Materia: Liquidación · Juez: Anselmo Iván Cifuentes Ormeño
PARCIAL Ha Lugar en Parte
Tribunal rechaza reclamo de contribuyente que cuestionaba liquidaciones por IGC y Primera Categoría, desestimando argumento de que transferencias de fondos personales a empresa agrícola constituían préstamo y no aumento de capital.
Claudio Antonio Sandoval Aller, empresario agrícola, fue fiscalizado por período 2011-2013 en programa "Retiros por Imputación PPM". El SII detectó diferencias: rechazó gastos por Impuesto Primera Categoría e Impuesto Territorial, y cuestionó retiros por $150.000.000 registrados en cuenta "Cuentas por Pagar C.S.A". El contribuyente sostuvo que tales fondos provenían de su actividad como ingeniero en Petroquim S.A., constituían un préstamo a la actividad agrícola con tributación cumplida (impuesto segunda categoría), no un aumento de capital. El SII emitió liquidaciones 435-438 de julio 2014 po
El SII argumentó que en una empresa individual no existe personalidad jurídica distinta a la del dueño ni RUT diferente, por lo que no puede existir un contrato de mutuo entre el titular y su empresa según artículos 2196 y 1437 del Código Civil, pues no hay concurrencia de voluntades ni dos patrimonios distintos. Señaló que el Código Civil exige título traslaticio de dominio para un préstamo (artículos 2197, 675 y 703), el cual no concurre aquí. Concluyó que la entrega de dinero debe calificarse como aporte de capital. Además, indicó que el principio de la entidad contable no se desconoce, sie
Se rechaza el reclamo interpuesto contra las liquidaciones 435, 436, 437 y 438, confirmando que los fondos transferidos constituyen aumento de capital y posteriores retiros gravables con Impuesto Global Complementario, rechazando la tesis de préstamo entre el contribuyente y su empresa individual.
Artículos citados:
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Cada fallo del TTA termina con una decisión. El tribunal puede acoger el reclamo del contribuyente (darle la razón), rechazarlo (darle la razón al SII) o acogerlo parcialmente (una decisión mixta).
En el semáforo de cada tribunal o juez usamos esos resultados como una pista de tendencia:
El porcentaje de fallos acogidos es una foto general, útil para comparar tribunales o jueces entre sí. Pero es una aproximación: no refleja si el caso siguió a apelación o casación, si la sentencia quedó firme, si hubo nulidad posterior, ni el peso económico del asunto (un fallo por $1 millón y uno por $1.000 millones pesan igual en el conteo).
Úsala como orientación relativa, no como predictor de tu caso específico.
Para saber qué juez pronunció cada sentencia, leemos automáticamente la firma del PDF (las frases "Pronunciada por…" o "firmado electrónicamente por…"). Esto significa que la suma de fallos que ves por juez puede ser menor que el total del tribunal: no es un error de cálculo, es que algunos fallos aún no pasan por el lector automático.
Funnel transparente: cargando…
Dos motivos principales:
Las cifras por juez son correctas para lo extraído, no completas respecto al universo total del tribunal. Si detectas un juez faltante o mal asignado, escríbenos a hola@normaviva.cl.
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