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Tribunal de la Araucanía
SOCIEDAD COMERCIAL E INVERSIONES PUENTE VIEJO LTDA con SERVICIO DE IMPUESTOS INTERNOS IX DR TEMUCO
Fecha: 04-01-2016 · Materia: Artículo 97 N° 16 del CT · Juez: Orlando Iván Cuevas Reyes
RECHAZA No Ha Lugar
Se rechaza reclamo de contribuyente contra multa por pérdida no fortuita de facturas timbradas robadas de su vehículo, confirmando que la falta de diligencia en su custodia constituye infracción tributaria.
El 15 de septiembre de 2015, mientras el representante legal realizaba trámites en Temuco, le robaron un bolso del vehículo estacionado en la vía pública que contenía 2 facturas timbradas sin emitir (números 64 y 65), 35 facturas sin timbrar y 13 duplicados. El contribuyente realizó denuncia a Carabineros, publicó el extravío en El Mercurio y notificó al SII el 29 de septiembre. El SII calificó la pérdida como no fortuita y grave, aplicando multa por infracción al artículo 97 N°16 del CT.
El tribunal analizó si la pérdida de facturas constituye un caso fortuito según el artículo 45 del Código Civil. La reclamada argumentó que el contribuyente no ejerció la debida diligencia al dejar los documentos en un vehículo en la vía pública, cuando podría haberlos guardado en su domicilio cercano. Se estimó que la infracción contemplada en el artículo 97 N°16 es de responsabilidad objetiva, no requiriendo imputar negligencia, bastando la mera conducta contraria a ley. La denuncia a Carabineros y las publicaciones no eximen de responsabilidad cuando se afecta la documentación tributaria qu
Se rechaza el reclamo presentado por la contribuyente y se confirma la infracción sancionada en el artículo 97 N°16 del CT, manteniéndose la multa de 7,5 unidades tributarias mensuales con condena en costas.
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Cada fallo del TTA termina con una decisión. El tribunal puede acoger el reclamo del contribuyente (darle la razón), rechazarlo (darle la razón al SII) o acogerlo parcialmente (una decisión mixta).
En el semáforo de cada tribunal o juez usamos esos resultados como una pista de tendencia:
El porcentaje de fallos acogidos es una foto general, útil para comparar tribunales o jueces entre sí. Pero es una aproximación: no refleja si el caso siguió a apelación o casación, si la sentencia quedó firme, si hubo nulidad posterior, ni el peso económico del asunto (un fallo por $1 millón y uno por $1.000 millones pesan igual en el conteo).
Úsala como orientación relativa, no como predictor de tu caso específico.
Para saber qué juez pronunció cada sentencia, leemos automáticamente la firma del PDF (las frases "Pronunciada por…" o "firmado electrónicamente por…"). Esto significa que la suma de fallos que ves por juez puede ser menor que el total del tribunal: no es un error de cálculo, es que algunos fallos aún no pasan por el lector automático.
📊 Funnel transparente: cargando…
Dos motivos principales:
Las cifras por juez son correctas para lo extraído, no completas respecto al universo total del tribunal. Si detectas un juez faltante o mal asignado, escríbenos a hola@normaviva.cl.
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