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Tribunal Antofagasta
INVERSIONES TRICOBI LIMITADA con SII DIRECCION REGIONAL ANTOFAGASTA
Fecha: 21-03-2012 · Materia: Resolución
RECHAZA Confirmatorio Confirmatorio No Ha Lugar
Tribunal rechaza reclamación de devolución de impuesto por absorción de pérdidas. La reclamante no acreditó fehacientemente la pérdida tributaria alegada conforme al artículo 31 de la LIR.
Inversiones Tricobi Limitada solicitó devolución de $481.096.393 por pago provisional de utilidades absorbidas (PPUA) correspondiente al año tributario 2010. La solicitud fue negada por resolución del SII por falta de antecedentes suficientes. La reclamante alegó que la pérdida provenía de la disolución de Inversiones Arnhem en octubre 2009, tras haber absorbido a Heis S.A. en enero 2009. Argumentó que invirtió en Arnhem a través de Heis y que al disolverse Arnhem recibió montos inferiores a lo invertido, generando la pérdida.
El tribunal analizó la inversión efectuada en Heis S.A. con datos contables de Tricobi. Determinó que el valor tributario de los activos de Heis (incluyendo derechos en Arnhem) fue de $101.984.622, actualizado al 28 de enero de 2009 conforme al artículo 41 N°8 de la LIR. Posteriormente, por disolución de Arnhem en octubre 2009, Tricobi percibió $3.615.435.784. Concluyó que si la inversión tributaria fue ~$101 millones y se recibieron ~$3.615 millones, no existe pérdida tributaria. Por tanto, no se acreditó el requisito esencial de existencia de pérdida tributaria conforme al artículo 31 de la
Se rechaza la reclamación interpuesta. No ha lugar a la devolución de $481.096.393 solicitada por Tricobi. Se declara que las pérdidas imputadas no se encuentran acreditadas fehacientemente conforme al artículo 31 LIR. No se condena en costas a la reclamante.
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Cada fallo del TTA termina con una decisión. El tribunal puede acoger el reclamo del contribuyente (darle la razón), rechazarlo (darle la razón al SII) o acogerlo parcialmente (una decisión mixta).
En el semáforo de cada tribunal o juez usamos esos resultados como una pista de tendencia:
El porcentaje de fallos acogidos es una foto general, útil para comparar tribunales o jueces entre sí. Pero es una aproximación: no refleja si el caso siguió a apelación o casación, si la sentencia quedó firme, si hubo nulidad posterior, ni el peso económico del asunto (un fallo por $1 millón y uno por $1.000 millones pesan igual en el conteo).
Úsala como orientación relativa, no como predictor de tu caso específico.
Para saber qué juez pronunció cada sentencia, leemos automáticamente la firma del PDF (las frases "Pronunciada por…" o "firmado electrónicamente por…"). Esto significa que la suma de fallos que ves por juez puede ser menor que el total del tribunal: no es un error de cálculo, es que algunos fallos aún no pasan por el lector automático.
Funnel transparente: cargando…
Dos motivos principales:
Las cifras por juez son correctas para lo extraído, no completas respecto al universo total del tribunal. Si detectas un juez faltante o mal asignado, escríbenos a hola@normaviva.cl.
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